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INFORMACIÓN ADICIONAL .

Estrategia Nacional de Atención a Microrregiones 

Fundamento Legal 

Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2005, artículo 61, fracción II décimo párrafo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2004, que a la letra dice Con el propósito de fortalecer la Estrategia Nacional de Atención a Microrregiones, las dependencias y entidades que participen en ella, identificarán las acciones que se desarrollen en este ámbito de acción e informarán a la Secretaría de Desarrollo Social, dentro de los 20 días naturales posteriores a cada trimestre, los avances físicos y presupuestarios en el ejercicio de dichas acciones, a nivel de localidad … .

Fechas de entrega de la información

Para poder cumplir con el tiempo establecido para reportar la información a la Secretaría de Desarrollo Social, los Servicios Estatales de Salud o las Delegaciones estatales del IMSS, a más tardar durante los primeros 5 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre, informarán a su Nivel Central el total de sobres de suplemento alimenticio Nutrisano® y Nutrivida®, solicitado para su entrega a la población beneficiaria del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, ubicada en los municipios identificados en el Programa de Desarrollo Local (Microrregiones). Dicha información será recabada de acuerdo con los requerimientos de suplemento solicitados por bimestre a la CNPSS.

La información debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Entidad federativa.
  • Trimestre al que pertenece el reporte.
  • Municipio (Clave INEGI y descripción).
  • Identificar si la localidad corresponde a un municipio denominado Indígena.
  • Total de sobres de suplemento alimenticio Nutrisano® y Nutrivida® solicitados (no detallar por sabor) por municipio.
  • Total de sobres solicitados en la Entidad.
  • Para poder elaborar el informe trimestral de microrregiones, deberá considerar el suplemento solicitado para los municipios considerados en las microrregiones, de acuerdo con lo siguiente:

1er Trimestre: Enero-Febrero más la mitad de Marzo-Abril.

2do Trimestre: Mayo-Junio más la mitad de Marzo-Abril.

3er Trimestre: Julio-Agosto más la mitad de Septiembre-Octubre.

4to Trimestre: Noviembre-Diciembre más la mitad de Septiembre-Octubre.

Dicha información deberá ser reportada de acuerdo con el formato del “Informe trimestral de Microrregiones” (Anexo 9) .

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