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ESTRATEGIA DE OPERACIÓN.

RESPONSABLES DE LA ESTRATEGIA

Durante el proceso de hacer llegar y dirigir el adecuado consumo del suplemento alimenticio a las familias beneficiarias se identifican cuatro etapas principales: la primera de identificación y control de la población objetivo; la segunda de planeación, programación y determinación de necesidades; la tercera, de distribución y control; y la cuarta de entrega a las familias beneficiarias y capacitación para el consumo.

Se han identificado acciones específicas para desarrollarse en los ámbitos central, estatal y/o regional, jurisdiccional y local, las cuales se mencionan a continuación:

NIVEL CENTRAL

Secretaría de Salud, a través de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.

  • Definir las características y contenidos de los suplementos alimenticios, frecuencia y formas de consumo.
  • Dar seguimiento continuo al manejo y destino del suplemento alimenticio.
  • Analizar los indicadores de seguimiento relacionados con la nutrición infantil, así como con la distribución del suplemento a la población beneficiaria, y diseñar estrategias de mejora en coordinación con los prestadores de servicios.
  • Diseñar materiales y estrategias para fomentar el consumo adecuado del suplemento.
  • Emitir los lineamientos para el control y manejo adecuado del suplemento en los diferentes niveles operativos y actualizarnos a mas tardar durante los primeros diez días de junio de cada año.
  • Asegurar que la producción y distribución bimestral del suplemento cubra las necesidades de la población beneficiaria.
  • Determinar las necesidades anuales de suplemento alimenticio para la programación y gestión de recursos presupuestales, con base en las metas de cobertura del Programa.
  • Establecer los calendarios de actividades para el manejo del suplemento alimenticio, los cuales dará a conocer a los responsables de los Servicios Estatales de Salud (SESA's) y del IMSS a más tardar el día 30 de noviembre del año anterior al cual aplican dichos calendarios.
  • Solicitar, consolidar y validar bimestralmente las necesidades de suplemento de los SESA's y del IMSS conforme al calendario establecido.
  • Solicitar la producción bimestral a la empresa productora el suplemento alimenticio de acuerdo con los requerimientos que recibe de los SESA's y del IMSS conforme al calendario establecido.
  • Informar a la empresa distribuidora la cantidad solicitada a la productora conforme al calendario establecido.
  • Informar a los SESA's y al IMSS sobre las cantidades que fueron gestionadas para su producción y distribución a más tardar 5 días posteriores a la fecha en la que se solicito la producción y distribución a las empresas respectivas.
  • Dar seguimiento de las cantidades suministradas de suplemento de la empresa distribuidora a las unidades de salud de los SESA's y del IMSS.
  • Supervisar el estricto cumplimento de las actividades relacionadas con el suplemento por parte de las empresas productoras y distribuidoras en apego a los acuerdos y lineamientos establecidos en el convenio o contrato.
  • Verificar los registros de inventarios de suplemento.
  • Identificar el estado del suplemento en los reportes mensuales de existencias a fin de evitar en lo posible su caducidad.
  • Implementar los mecanismos para realizar pruebas de calidad del suplemento.
  • Difundir a los SESA's y al IMSS el contrato o convenio de distribución del suplemento para su estricto cumplimiento al interior de los Estados.
  • Efectuar visitas de supervisión y asesoría en los aspectos técnicos y administrativos relacionados con el suplemento alimenticio.
  • Llevar a cabo conciliaciones de producción de suplemento para su análisis y gestión de pago.

 

Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS-Oportunidades)

  • Concentrar la información de los requerimientos de suplemento alimenticio en los estados donde opera el Programa IMSS Oportunidades, así como de los módulos urbanos y solicitar su distribución a la empresa distribuidora a través de la Secretaría de Salud detallada por entidad federativa, mezcla y sabor.
  • Solicitar a la Secretaría de Salud la producción bimestral con base en las necesidades de las delegaciones estatales.
  • Difundir el convenio o contrato de distribución al personal operativo, con el fin de que se conozcan las condiciones en las que deben de recibir el suplemento.
  • Controlar y dar seguimiento de cantidades suministradas a las delegaciones del IMSS.
  • Supervisar el estricto cumplimiento de las actividades relacionadas con el suplemento, en apego al calendario de actividades.
  • Supervisar la correcta distribución por punto de destino final en las entidades federativas, a efecto de garantizar el abasto oportuno que se requiere.
  • Supervisar el adecuado control de existencias en las entidades federativas a efecto de garantizar el abasto oportuno donde se requiere.
  • Identificar el estado del suplemento en los reportes mensuales de existencias a fin de evitar su caducidad.

Empresa Productora del suplemento.

  • Producir el suplemento alimenticio de acuerdo con los requerimientos que recibe de la Secretaría de Salud, con la calidad y características establecidas en el contrato o convenio.
  • Coordinar con la empresa distribuidora la entrega de los suplementos alimenticios en los almacenes de este último de acuerdo con los requerimientos determinados por la Secretaría de Salud.
  • Proporcionar a la Secretaría de Salud información sobre los avances en los embarques del suplemento alimenticio en los almacenes de la empresa distribuidora.

Empresa distribuidora del suplemento.

  • Implementar los mecanismos necesarios para distribuir bimestralmente el suplemento alimenticio hasta los puntos de destino final determinados por los SESA's y las Delegaciones Estatales del IMSS, en apego a las cláusulas y lineamientos establecidos en el convenio o contrato.
  • Recibir bimestralmente en sus almacenes a la empresa productora, la totalidad del suplemento por mezcla y sabor programado por el IMSS y la Secretaría de Salud.
  • Coordinar a las sucursales para que se lleve a cabo la distribución de acuerdo al calendario establecido con los SESA's y a las Delegaciones Estatales del IMSS.
  • Proporcionar a la Secretaría de Salud y al IMSS información sobre avances en la distribución del suplemento cada 15 días en apego a lo establecido en el convenio o contrato.
  • Asesorar a las sucursales para resolver problemas relacionados con la recepción, almacenaje, manejo y entrega del suplemento.
  • Contar con puntos alternos para la recepción de suplemento en caso de siniestros naturales o meteorológicos.

 

NIVEL ESTATAL.

  • Servicios Estatales de Salud o Delegaciones del IMSS
  • Diseñar estrategias de capacitación para el personal operativo y de supervisión sobre la importancia, manejo y registro de información relacionada con el suplemento alimenticio.
  • Solicitar a su respectivo nivel central (CNPSS o IMSS), se cubran los requerimientos bimestrales de suplemento alimenticio que presenta en forma global de acuerdo con el formato establecido.
  • En apego al Calendario de actividades definido por el Nivel Central, definir a más tardar el 01 de diciembre de cada año el calendario estatal de actividades de suplemento alimenticio para el año siguiente y difundirlo al interior del estado.
  • Establecer, en coordinación con los responsables de las sucursales de la empresa distribuidora, los calendarios de distribución a jurisdicciones y unidades fijas y móviles, la distribución hasta el punto de destino final por bimestre, detallando: nombre del punto de destino final, domicilio completo, almacén de la empresa distribuidora, mezcla y sabor, de acuerdo con el formato establecido.
  • Llevar a cabo las conciliaciones de distribución en coordinación con los representantes estatales de la empresa distribuidora, en apego al modelo de acta.
  • Supervisar el control de existencias de acuerdo con las entradas y salidas del suplemento y elaborar reportes mensuales con fecha de corte los días 25 a reportar y enterarlos a nivel central a más tardar el día 15 del mes inmediato.
  • Validar y comparar las cantidades enviadas de suplemento contra las reportadas en el formato SIS - Oportunidades. (SIS sistema de información de la Secretaría de Salud), o en el SISPA (Sistema para Población Abierta del IMSS).
  • Generar y analizar los indicadores de seguimiento y control que se obtienen del Sistema de Información del módulo de Oportunidades y de los puntos centinela desde la unidad de salud.
  • Informa a las jurisdicciones sanitarias o regiones sobre las cantidades de suplemento autorizadas por el Nivel Central, así como las fechas de envío.
  • Controlar y dar seguimiento de cantidades suministradas a las unidades médicas.

Empresa distribuidora (Sucursales o Delegaciones estatales).

  • Llevar a cabo la distribución hasta los puntos de destino finales indicados en apego a las cláusulas y lineamientos establecidos en el contrato o convenio para la distribución del suplemento.
  • Definir en coordinación con los SESA's o las Delegaciones Estatales del IMSS los almacenes que recibirán el suplemento alimenticio, con base en la información recibida por su nivel central.
  • Recibir cantidades de suplemento de acuerdo con el volumen indicado por el nivel central y verificar las fechas de caducidad.
  • Almacenar y controlar las cantidades recibidas, con base en el procedimiento establecido por su nivel central.
  • Resolver problemas de recepción, almacenaje, manejo y entrega del suplemento, a través de la concertación de acciones con sus homólogos de los SESA's y de las Delegaciones Estatales del IMSS.
  • Llevar a cabo las conciliaciones de distribución en coordinación con los representantes de los SESA's y de las Delegaciones Estatales del IMSS, en apego a los lineamientos establecidos en el convenio o contrato.
  • Proporcionar a su nivel central así como a los SESA's y a las Delegaciones Estatales del IMSS, información sobre avances de distribución del suplemento.
  • Recibir y entregar el suplemento alimenticio en óptimas condiciones en apego a lo establecido en el convenio o contrato.
  • Recibir por parte del productor el suplemento con una vida útil al menos de 10 meses.

Comités Técnicos Estatales.

  • Coadyuvar a mejorar la utilización del suplemento alimenticio por parte de la población beneficiaria que tiene derecho a ello, informándose sobre su suficiencia y distribución a través de las autoridades correspondientes.
  • Conocer y analizar los resultados del Sistema de Seguimiento Operativo relacionados con nutrición y entrega del suplemento alimenticio, para subsanar deficiencias o corregir problemas en la operación del Proceso. 

NIVEL LOCAL

Jurisdicción Sanitaria o Región.

  • Capacitar al personal operativo y de supervisión sobre la importancia, manejo y registro de información relacionada con el suplemento alimenticio.
  • Generar y analizar indicadores de seguimiento y control que se obtienen del Sistema de información del módulo de Oportunidades y de los puntos centinelas desde la unidad de salud.
  • Consolidar las necesidades bimestrales de suplemento alimenticio determinadas por las unidades de salud y remitirlas a su nivel estatal respectivo.
  • Verificar que las cantidades entregadas por la empresa distribuidora, en los centros de acopio o en las unidades de salud, correspondan a las autorizadas por el nivel estatal.
  • Supervisar que la entrega del suplemento se realice en los lugares, las cantidades, en las fechas del calendario establecido, en estado óptimo con el periodo de vida útil autorizada, cumpliendo lo especificado en el convenio o contrato.
  • Llevar el control de la entrega del suplemento a las unidades de salud.
  • Informar a nivel estatal bimestralmente los requerimientos de suplemento, en apego al calendario estatal establecido.
  • Supervisar el control de existencias y de acuerdo con las entradas y salidas del suplemento en las unidades de salud de su jurisdicción, elaborar reportes mensuales y enviarlos al nivel estatal a los SESA's o a la Delegación del IMSS.
  • Solicitar a las unidades de salud sus requerimientos de suplemento por bimestre en apego al calendario estatal establecido.
  • Informar a los representantes de cada unidad médica la cantidad de suplemento que recibirá.
  • Supervisar la correcta entrega del suplemento alimenticio a la población beneficiaria.
  • Verificar que el suplemento se encuentre almacenado en las unidades médicas, de acuerdo con las normas establecidas.

Equipos de Salud en Unidades Fijas y Móviles

  • Dar seguimiento al estado nutricio del menor de cinco años, así como el control del embarazo y puerperio, conforme a las Normas Oficiales Mexicanas vigentes.
  • Capacitar a las titulares de las familias beneficiarias sobre la importancia de la forma de preparación y consumo del suplemento alimenticio.
  • Fomentar entre la población beneficiaria el uso y consumo adecuado del suplemento cada vez que entrega el suplemento a la titular de la familia.
  • Determinar y solicitar bimestralmente a su Jurisdicción o Región correspondiente las cantidades de suplemento en apego al calendario estatal establecido.
  • Recibir el suplemento de acuerdo a las cantidades autorizadas y lo especificado en el convenio o contrato, en óptimas condiciones y con una caducidad de al menos 8 meses.
  • Almacenar las cantidades de suplemento recibidas.
  • Entregar mensualmente el suplemento a las titulares de la familias, en apego a los lineamientos emitidos en las Reglas de Operación del Programa y registrar la entrega en el tarjetero de control del estado nutricional del niño y en la Tarjera de control de la mujer embarazada y en lactancia, registrando el número total de sobres de suplemento alimenticio entregados al beneficiario, y en el apartado de observaciones la firma de recibido de la titular de la familia.
  • Supervisar o capacitar a las Auxiliares o asistentes rurales de salud, quienes deben registrar la entrega del suplemento en sus tarjeteros, especificando el total de sobres entregados a niños y mujeres, así como el seguimiento y control del estado nutricio de los menores de cinco años y de las mujeres embarazadas o en lactancia.
  • Capacitar a las promotoras de nutrición.
  • Informar con oportunidad a su coordinador jurisdiccional o regional sobre sus requerimientos, con base en los criterios establecidos en este documento en apego al calendario estatal establecido.
  • Mantener actualizado el control de inventario del suplemento y elaborar mensualmente los reportes de existencias e informar a su coordinador jurisdiccional o regional.
  • Implementar las acciones necesarias para evitar que el suplemento se deteriore o llegue al término de su vida útil.

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