Definición de Anticoncepción de Emergencia
Indicaciones
Métodos utilizados como Anticoncepción de Emergencia
Métodos de Anticoncepción de Emergencia contemplados en la Norma Oficial Mexicana
Mecanismos de Acción
Eficacia Anticonceptiva
Efectos Adversos
Orientación Consejería y Anticoncepción de Emergencia
Aspecto Epidemiologico: los beneficios de la Anticoncepción de Emergencia
Recursos informativos disponibles en Internet
Lecturas recomendadas

 

Bases Científicas de la Anticoncepción de Emergencia
   Mecanismos de Acción
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Después del coito, los espermatozoides tienen que esperar en las vías genitales femeninas entre 1 y 5 días hasta que se produce la ovulación, mientras tanto son sometidos a procesos de migración y capacitación que les permiten desarrollar su función fertilizante. Es decir, el espermatozoide no se une con el óvulo inmediatamente después del coito, sino hasta que está debidamente capacitado para ello.

El óvulo, por su parte, no sobrevive más de 24 horas una vez liberado, de manera que, en condiciones normales, sólo hay 6 días fértiles a lo largo del ciclo, es decir, el embarazo sólo es posible si el coito se lleva a cabo 5 días antes (8 de cada 10 embarazos) o el mismo día (2 de cada 10 embarazos) de la ovulación.

Además, de manera natural, aproximadamente uno de cada cuatro óvulos fecundados tiene capacidad de implantarse, siendo éste un proceso que se inicia entre 8 y 11 días después de la ovulación.

Las evidencias científicas (que se han generado a partir de sólidas metodologías de investigación, publicadas en revistas científicas serias y validadas por la comunidad académica internacional) señalan que los mecanismos de acción de los métodos de anticoncepción de emergencia contemplados en la Norma Oficial Mexicana son los dos siguientes:

  1. Inhibición, retraso o alteración de la ovulación - La administración “externa” de hormonas similares a aquellas producidas por el ovario “engaña” al cerebro, impidiendo que libere hormonas estimuladoras durante el ciclo de maduración del óvulo: por ende la ruptura del folículo se bloquea o se retrasa o se libera un óvulo no apto para ser fecundado. Este es el mismo principio en que se basa el uso de los hormonales en anticoncepción normal conocidos desde hace décadas.

  2. Alteración del transporte y de la capacitación espermática -Los primeros espermatozoides eyaculados pueden llegar muy rápidamente al tercio distal de la trompa; sin embargo, esos ejemplares sólo tienen una función de “vanguardia” y aquellos realmente fertilizantes necesitan quedarse un tiempo crítico en las criptas de las glándulas cervicales (del cuello de la matriz) para madurar (ser capacitados para fertilizar). Como se menciona anteriormente, este proceso requiere entre 1 y 5 días y al alterarse para bloquear su habilidad para fecundar se evita que se encuentren el espermatozoide y el óvulo.

En el debate actual, algunos han hecho alusión a la existencia de un “tercer mecanismo” de la anticoncepción hormonal de emergencia (método de Yuzpe y levonorgestrel), a través del cual se impediría la fijación (implantación) de un óvulo ya fecundado mediante la alteración del endometrio (el revestimiento interno de la cavidad uterina). Al respecto, es importante mencionar que durante las décadas de los setentas y ochentas algunos estudios argumentaban la existencia de dicho mecanismo. Sin embargo, posteriormente se ha comprobado que esos estudios fueron realizados con una metodología débil y sesgada y, por lo tanto, carecen de valor.

A partir de 2000 se han publicado investigaciones sobre el efecto post-coital de ambos regimenes (Yuzpe y levonorgestrel), basadas en diseños y metodologías de investigación sólidos y sofisticados, los cuales no han demostrado diferencias endometriales entre mujeres tratadas y no tratadas, ni han encontrado efectos directos sobre la implantación asociados a dichos métodos. Es decir, investigaciones sólidas recientes han demostrado que no existen evidencias, directas ni indirectas, de efectos post-fertilización sobre el endometrio que interfieran con la implantación.

Tampoco se ha demostrado que los métodos de Anticoncepción de Emergencia contemplados en la Norma Oficial Mexicana actúen para “desprender del endometrio” un óvulo fertilizado ya implantado, lo que sería considerado bajo todos los criterios como aborto.

Diversos organismos internacionales, conscientes de la preocupación de algunos sectores sobre el tema, recientemente han emitido pronunciamientos oficiales, a la luz de las evidencias científicas sobre el “tercer mecanismo”. El Boletín Informativo de la Organización Mundial de la Salud (marzo de 2005), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Fondo de Población de Naciones Unidas (FNUAP), señala que las píldoras anticonceptivas de emergencia (PAE) que contienen levonorgestrel previenen la ovulación; que cuando se administran después de la ovulación no tienen un efecto detectable sobre el endometrio (revestimiento interno del útero) o en los niveles de progesterona, y que las PAE tampoco son eficaces una vez que el proceso de implantación se ha iniciado.

A partir de lo antes expuesto es claro que los métodos de anticoncepción de emergencia contemplados en la Norma Oficial Mexicana (régimen de Yuzpe y Levonorgestrel) actúan exclusivamente previniendo la fertilización, no tienen la capacidad de alterar la implantación y bajo ninguna circunstancia pueden ser considerados abortivos.

El presente Mecanismo de acción ha sido ratificado nuevamente por El articulo actual  “Emergency Contraception” Acost-Effective Approach to Preventing Unintended Prenancy. James Trussell, PhD, Elizabeth G Raymond MD MPH. Office of Population Research, Princeton University, Wallace hall NJ 08544.  y Asóciate Medical Biomedical Affairs División , Family Health International April 2007. 





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