AVISO por el que se dan a conocer
los formatos de solicitudes de acceso a la información, de acceso y corrección
a datos personales, y de recurso de revisión, cuya presentación no se realiza
a través de medios electrónicos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal de Acceso a la Información
Pública.
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER
LOS FORMATOS DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACION, DE ACCESO Y CORRECCION A
DATOS PERSONALES, Y DE RECURSO DE REVISION.
El Pleno del Instituto Federal de
Acceso a la Información Pública, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, fracción VIII y 54 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental entró en vigor
el 12 de junio de 2002, y que en su artículo octavo transitorio establece que
los particulares podrán presentar las solicitudes de acceso a la información,
a los datos personales, a la corrección de éstos y al recurso de revisión un
año después;
Que el Poder Ejecutivo Federal es
un sujeto obligado por la misma y que el referido Instituto tiene la atribución
de orientar y asesorar a los particulares acerca de las solicitudes de acceso, y
elaborar los formatos de solicitudes de acceso a la información, a los datos
personales y su corrección, así como respecto del recurso de revisión que
puede interponerse ante el mismo; y
Que las dependencias y entidades,
así como el propio Instituto, utilizarán dichos formatos para facilitar la
presentación de solicitudes de acceso a la información, a los datos personales
y su corrección, así como el recurso de revisión, sin perjuicio de que puedan
presentarse, en su caso, en escrito libre o a través de los formatos
electrónicos del Sistema de Solicitudes de Información (SISI) que estará en
el sitio de Internet http://informacionpublica.gob.mx
y http://www.ifai.org.mx,
se emite este
AVISO
Unico.- Se
dan a conocer los formatos de solicitudes de acceso a información
gubernamental, de acceso o corrección a datos personales, y de recurso de
revisión, cuya presentación no se realiza a través de medios electrónicos.
SOLICITUD DE ACCESO A INFORMACION
GUBERNAMENTAL
Homoclave RFTS: IFAI-00-001
1. |
DATOS DEL SOLICITANTE O DE SU REPRESENTANTE
Solicitante
_____________________________________________________________________________________
Apellido Paterno
Apellido Materno (opcional)
Nombre(s)
En caso de Persona Moral
_____________________________________________________________________________________
Denominación o Razón Social
Representante (en su caso)
______________________________________________________________________________________
Apellido Paterno
Apellido Materno (opcional)
Nombre(s) |
2. |
FORMA EN LA QUE DESEA RECIBIR NOTIFICACIONES Y DAR
SEGUIMIENTO A SU SOLICITUD
Elija con una "X" la opción deseada:
Personalmente o a través de representante ¨
En el domicilio de la Unidad de Enlace
de la dependencia o entidad-Sin costo.
Por correo certificado
¨ Sin Costo
Por mensajería
¨ Siempre y cuando el particular, al
presentar su solicitud, haya cubierto o cubra, el pago del servicio de
mensajería respectivo. Si usted no cubre este pago, la
notificación se realizará por correo certificado.
Por medios electrónicos
¨ A través del Sistema de Solicitudes de
Información-SISI (http://informacionpublica.gob.mx o
http://www.ifai.org.mx) - Sin costo.
- En caso de seleccionar la opción de correo certificado o
mensajería, favor de proporcionar los siguientes datos:
__________________
______________________
_____________________
__________________ ________________
Calle
No. Exterior / No. Interior
Colonia o Fraccionamiento Delegación
o Municipio Entidad federativa
País _________________
Código Postal _______________ |
3. |
DEPENDENCIA O ENTIDAD A LA
QUE SOLICITA LA INFORMACION
|
4.
|
DESCRIPCION DE LOS
DOCUMENTOS SOLICITADOS
Con el fin de brindar un
mejor servicio, además de describir la información que solicita, se
sugiere proporcionar todos los datos que considere facilitan la búsqueda
de dicha información. Si el espacio no es suficiente, puede anexar hojas
a esta solicitud.
|
5. |
FORMA EN QUE DESEA LE SEA ENTREGADA LA INFORMACION
Elija con una "X" la opción deseada:
Verbalmente
¨ Siempre y cuando sea para fines de
orientación - Sin costo
Consulta Directa
¨ Consulta física en la Unidad de Enlace
de la dependencia o entidad - Sin costo
Consulta por medio
electrónico
¨ Consulta en un sitio de internet o envío
de la información en vía electrónica - Sin costo
Copias Simples
¨ - Con costo
Disquete 3.5’’ o CD-ROM ¨ - Con costo
Copias Certificadas
¨ - Con costo
Otro tipo de medio (especificar) ______________________
- Señale con una "X" el medio de envío de la información:
Correo certificado (con costo) ¨
Mensajería (con porte pagado) ¨
|
6. |
DOCUMENTOS ANEXOS
Carta poder:
¨ Sólo en caso de presentar la solicitud
mediante representante.
Comprobante de porte pagado
¨ Sólo en caso de solicitar la entrega de
la información por mensajería.
Documentos anexos a la solicitud
¨
Sólo en caso de no ser suficiente el espacio del numeral 4. |
Anverso
SOLICITUD DE ACCESO A INFORMACION
GUBERNAMENTAL
7. |
DATOS QUE EL SOLICITANTE PUEDE LLENAR DE MANERA
OPCIONAL
CURP __________________________________________________
Teléfono (Clave): ___________ Número:______________
Correo electrónico: _________________________________________________
- La presente información será utilizada únicamente para efectos
estadísticos:
Sexo: M
F
Fecha de Nacimiento _____ /_____ /_____ (dd/mm/aa)
Ocupación:_______________________
¿Cómo se enteró usted de la existencia del
procedimiento de acceso a la información?
Radio ¨
Prensa ¨
Televisión ¨
Cartel o Póster ¨
Internet ¨
Otro Medio (especifique)_______________ |
8. |
INSTRUCTIVO
- Llenar a máquina o letra de molde
legible.
- La Unidad de Enlace le auxiliará en la
elaboración de la presente solicitud.
- En caso de requerir información
diferente, deberá solicitarse cada una en un formato independiente.
- En caso de presentar esta solicitud
mediante un representante, se acreditará dicha representación mediante
una carta firmada ante dos testigos. En el caso de personas morales
podrá hacerse por el representante legal, un apoderado o un tercero
autorizado en los términos citados.
- Cuando la información solicitada no sea
competencia de la entidad o dependencia ante la cual se presente la
solicitud, la Unidad de Enlace le indicará la dependencia o entidad
competente dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación
de la solicitud.
- Usted podrá darle seguimiento al
procedimiento de acceso a información de su solicitud con el número de
folio de su acuse de recibo, en la Unidad de Enlace donde realizó la
solicitud o a través del SISI en el sitio de internet http://informacionpublica.gob.mx.
- Mientras más clara y precisa sea su
solicitud, y en la medida de lo posible identifique los documentos que
puedan contener la información, será más fácil y rápido
localizarlos.
|
9. |
INFORMACION GENERAL
- Usted puede obtener los formatos y acceder
al SISI en: las Unidades de Enlace, las oficinas, representaciones y
delegaciones de las dependencias y entidades que cuenten con servidores
públicos habilitados para tales efectos; y a través de los sitios de
internet de dependencias, entidades y del Instituto Federal de Acceso a
la Información Pública (www.ifai.org.mx)
- Usted puede reproducir este formato en
papel bond blanco.
- La solicitud podrá enviarse por correo,
mensajería o a través del Sistema de Solicitudes de Información
(SISI). En caso de que el solicitante acuda personalmente o a través de
representante a las Unidades de Enlace de las dependencias o entidades,
a sus oficinas, representaciones o delegaciones que cuenten con
servidores públicos habilitados, podrá presentar su solicitud mediante
escrito libre, formato o a través del SISI. La Unidad de Enlace le
entregará o enviará por correo, según corresponda, un acuse de recibo
con fecha de presentación y un número de folio correspondiente.
- No podrán solicitarse más documentos que
los señalados en este formato.
- El acceso a datos personales es gratuito.
Su envío por mensajería o reproducción en copias certificadas genera
un costo.
- No se requiere presentar identificación
para solicitar o recibir la información solicitada.
- La resolución a su solicitud debe
emitirse dentro de los 20 días hábiles siguientes a la presentación
de su solicitud. Este plazo podrá ampliarse hasta por un periodo igual,
cuando existan razones que lo motiven y siempre y cuando éstas le sean
notificadas al solicitante.
- En caso de que la descripción
proporcionada en la presente solicitud no sea suficiente para localizar
la información requerida o si los datos contenidos son erróneos, la
Unidad de Enlace podrá requerir al solicitante, por una vez y dentro de
los 10 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, que
indique otros elementos o corrija los datos. Este requerimiento
interrumpirá el plazo máximo de respuesta (20 días hábiles), el cual
continuará en cuanto el particular de respuesta al requerimiento.
- La información deberá entregarse dentro
de los 10 días hábiles siguientes a la notificación que se haga al
particular sobre su disponibilidad, pero si el particular solicitó que
se le entregara la información en copias simples o certificadas o por
mensajería, el plazo de 10 días hábiles comenzará a correr a partir
del día hábil siguiente a aquel en que el particular cubra los costos
correspondientes.
- El solicitante tendrá un plazo de 3 meses
después de que se le notifique la resolución de acceso a la
información para disponer de ella. Para ello deberá iniciar la
consulta en el lugar donde se le indique o cubrir los costos vigentes
para su reproducción y, en su caso, el costo de envío. Transcurrido el
plazo referido, el particular deberá realizar una nueva solicitud de
acceso a la información, sin responsabilidad alguna para la dependencia
o entidad.
- La falta de respuesta a la solicitud de
acceso a la información en el plazo de 20 días hábiles contados a
partir de su presentación, se entenderá resuelta en sentido afirmativo
y la dependencia o entidad quedará obligada a darle el acceso a la
información requerida, en un plazo no mayor a los 10 días hábiles. Lo
anterior no aplica cuando el Instituto Federal de Acceso a la
Información Pública determine que los documentos en cuestión son
reservados o confidenciales.
- En caso de negarse el acceso a la
información por ser ésta de carácter reservado o confidencial, el
Comité de Información de la dependencia o entidad deberá fundar y
motivar las razones de dicha clasificación, dentro de los 20 días
hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.
- La Unidad de Enlace no estará obligada a
dar trámite a solicitudes ofensivas, cuando la misma persona ya haya
recibido exactamente la misma información como respuesta a una
solicitud anterior, o cuando la información se encuentre disponible
públicamente. En este último caso la Unidad de Enlace le indicará
dónde la puede localizar.
- En caso de que le sea notificada la
negativa a su solicitud de acceso a la información o la inexistencia de
los documentos solicitados, podrá interponer por sí mismo o a través
de su representante, el recurso de revisión ante el Instituto Federal
de Acceso a la Información Pública o ante la Unidad de Enlace que haya
conocido el asunto, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la
fecha de la notificación.
- También procede el recurso de revisión
cuando el solicitante no esté conforme con el tiempo, el costo o la
modalidad de entrega y cuando el solicitante considere que la
información entregada es incompleta o no corresponda a la requerida en
la solicitud.
- Para sugerencias, dudas o quejas, puede
comunicarse al 01-800-835-4324 (TELIFAI) o bien remitirse a la página
de internet www.ifai.org.mx
|
Reverso
SOLICITUD DE ACCESO O CORRECCION A
DATOS PERSONALES
Homoclave RFTS: IFAI-00-002 e
IFAI-00-003
1. |
DATOS DEL SOLICITANTE O DE SU REPRESENTANTE
Solicitante
_____________________________________________________________________________________
Apellido Paterno
Apellido Materno (opcional)
Nombre(s)
En caso de Persona Moral
_____________________________________________________________________________________
Denominación o Razón Social
Representante (en su caso)
______________________________________________________________________________________
Apellido Paterno
Apellido Materno (opcional)
Nombre(s) |
2 |
FORMA EN QUE DESEA LE SEA ENTREGADA LA INFORMACION
Elija con una "X" la opción deseada:
Personalmente o a través de representante legal ¨
En el domicilio de la Unidad de Enlace de la
dependencia o entidad - Sin costo.
Por correo certificado
¨ Sin Costo
Por mensajería
¨ Siempre y cuando el particular, al
presentar su solicitud, haya cubierto o cubra, el pago del
servicio de mensajería respectivo. Si usted no cubre este pago, la
notificación se realizará por
correo certificado.
Por medios electrónicos
¨ A través del Sistema de Solicitudes de
Información-SISI (http://informacionpublica.gob.mx o
http://www.ifai.org.mx) - Sin costo.
En este caso el solicitante debe contar con la certificación del medio de
identificación
electrónica.
- En caso de seleccionar la opción de correo certificado o
mensajería, favor de proporcionar los siguientes datos:
__________________ ______________________
_____________________
__________________
______________
Calle No. Exterior /
No. Interior
Colonia o Fraccionamiento Delegación o
Municipio Entidad
federativa
País _________________
Código Postal _______________
- Elija una opción para reproducir la información de sus datos
personales:
Copia Simple ¨ - Sin
costo
Copias Certificadas ¨ - Sin Costo
Otro tipo de medio (especificar) ____________ |
3. |
DEPENDENCIA O ENTIDAD A LA
QUE SOLICITA LA INFORMACION
|
4.
|
DESCRIPCION DE LOS DATOS
PERSONALES O MODIFICACIONES SOLICITADAS
Con el fin de brindar un
mejor servicio, además de describir la información que solicita, se
sugiere proporcionar todos los datos que considere facilitan la búsqueda
de dicha información. Si el espacio no es suficiente, puede anexar hojas
a esta solicitud.
|
5. |
DOCUMENTOS ANEXOS
Acreditación del solicitante o representante legal
¨
Comprobante de porte pagado
¨ (Sólo en caso de solicitar la entrega de
la información por mensajería)
Documentos anexos a la solicitud
¨ (Sólo en caso de no ser suficiente el
espacio del numeral 4)
- Este trámite requiere la presentación de una identificación
oficial con fotografía y, en caso de que acuda su representante
legal, se requiere la documentación que acredite tal representación.
|
Anverso
SOLICITUD DE ACCESO O CORRECCION
DE DATOS PERSONALES
6. |
DATOS QUE EL SOLICITANTE PUEDE LLENAR DE MANERA
OPCIONAL
CURP _______________________________________
Teléfono
(Clave): ______
Número:__________________
Correo electrónico: __________________________________
- La presente información será utilizada únicamente para efectos
estadísticos:
Sexo: M
F
Fecha de Nacimiento _____ /_____ /_____
(dd/mm/aa)
Ocupación:________________
¿Cómo se enteró usted de la existencia del
procedimiento de acceso o corrección a datos personales?
Radio ¨
Prensa ¨
Televisión ¨
Cartel o Póster ¨
Internet ¨
Otro Medio (especifique)__________________ |
7. |
INSTRUCTIVO
- Llenar a máquina o letra de molde
legible.
- La solicitud de acceso o corrección de
datos personales podrá presentarse en escrito libre o formato.
- La Unidad de Enlace le auxiliará en la
elaboración de la presente solicitud.
- Cuando los datos solicitados no se
encuentren en la base de datos de la dependencia o entidad donde se
presenta la solicitud, la Unidad de Enlace le indicará la dependencia o
entidad que puede tenerlos.
|
8. |
INFORMACION GENERAL
- El formato está disponible en las
Unidades de Enlace; las oficinas, representaciones y delegaciones de las
dependencias y entidades que cuenten con servidores públicos
habilitados para tales efectos; y a través de los sitios de internet de
dependencias, entidades y del Instituto Federal de Acceso a la
Información Pública (www.ifai.org.mx)
- La solicitud podrá hacerse personalmente
o por representante en las Unidades de Enlace de las dependencias o
entidades, o en sus oficinas, representaciones y delegaciones, siempre y
cuando cuenten con servidores públicos habilitados para esos efectos.
La Unidad de Enlace le entregará o enviará por correo según
corresponda, un acuse de recibo con fecha de presentación y el número
de folio que corresponda.
- Usted puede reproducir este formato en
papel bond blanco.
- En ningún caso la dependencia o entidad
podrá condicionar la entrega de la información, pidiéndole que motive
o justifique
su uso.
- Por razones de seguridad de sus datos
personales, se requiere presentar identificación oficial con
fotografía tanto para solicitar como para recibir la información
solicitada.
- En caso de presentar la solicitud mediante
representante legal, deberá acreditarse la representación con la
documentación legal correspondiente.
- No podrán solicitarse más documentos que
los señalados en este formato.
- El acceso y corrección de datos
personales es gratuito. Su envío por mensajería o reproducción en
copias certificadas genera un costo.
- Si usted realiza una nueva solicitud,
respecto del mismo sistema de datos personales, dentro de los 12 meses
siguientes a la fecha de su primera solicitud, usted deberá pagar como
máximo los costos de reproducción y envío de la información.
- La Unidad de Enlace debe emitir una
resolución como respuesta a su solicitud de acceso a datos personales
en un plazo máximo de 10 días hábiles siguientes a su presentación.
- En caso de haber solicitado la corrección
de sus datos personales, la Unidad de Enlace deberá emitir una
resolución como respuesta a su solicitud dentro de los 30 días
hábiles siguientes a la fecha de la solicitud.
- Cuando el particular haya solicitado la
reproducción de la información de sus datos personales o la
corrección de los mismos en copias certificadas, los plazos de
resolución comenzarán a correr a partir del día hábil siguiente a
aquel en que compruebe haber cubierto los derechos correspondientes
- En caso de que le sea notificada la
negativa a su solicitud de acceso o corrección de datos personales,
podrá interponer por sí mismo o a través de su representante legal,
el recurso de revisión ante el Instituto Federal de Acceso a la
Información Pública, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la
fecha de la notificación.
- También procede el recurso de revisión
si no recibe respuesta a su solicitud transcurrido el plazo máximo de
resolución, o cuando la dependencia o entidad entregue al solicitante
sus datos personales o la corrección de los mismos en un formato
incomprensible.
- Para sugerencias, dudas o quejas, puede
comunicarse al 01-800-835-4324 (TELIFAI) o bien remitirse a la página
de internet www.ifai.org.mx
|
Reverso
RECURSO DE REVISION ANTE EL
INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO
A LA INFORMACION PUBLICA
Homoclave RFTS: IFAI-00-004
1. |
DATOS DEL SOLICITANTE O DE SU REPRESENTANTE
Solicitante
_____________________________________________________________________________________
Apellido Paterno
Apellido Materno (opcional)
Nombre(s)
En caso de Persona Moral
_____________________________________________________________________________________
Denominación o Razón Social
Representante (en su caso)
______________________________________________________________________________________
Apellido Paterno
Apellido Materno (opcional)
Nombre(s) |
|
DATOS DEL TERCERO
INTERESADO (en su caso)
Tercero Interesado (en su
caso)
______________________________________________________________________________
Domicilio (opcional)
_______________
____________________
_________________________
__________________
Calle
No. Exterior / No. Interior
Colonia o Fraccionamiento
Delegación o Municipio
Entidad federativa __________________ País _________________ Código
Postal ______ |
2 |
FORMA EN QUE USTED DESEA QUE SE LE NOTIFIQUE LA
RESOLUCION
- Elija con una "X" la opción deseada:
Personalmente o a través de representante legal
¨ En
el domicilio del Instituto Federal de Acceso a la Información
Pública.- Sin costo
Por correo certificado
¨ Sin Costo
Por mensajería
¨ Siempre y cuando el particular, al
presentar su solicitud, haya cubierto o cubra, el
pago del servicio. Si usted no cubre este pago, la notificación se
realizará por
correo certificado.
Por medios electrónicos
¨ A través del Sistema de Solicitudes de
Información-SISI
(http://informacionpublica.gob.mx o http://www.ifai.org.mx) - Sin costo.
En este caso el solicitante debe contar con la
certificación del medio de identificación electrónica.
__________________
______________________
_____________________
__________________
______________
Calle
No. Exterior / No. Interior
Colonia o
Fraccionamiento Delegación o Municipio
Entidad federativa
País _________________
Código Postal _______________
Cuando se trate de la notificación de resoluciones
sobre recursos interpuestos en materia de acceso a datos personales o de
corrección de éstos, no aplicará la posibilidad de que el particular
sea notificado a través de un representante con carta poder firmada
ante dos testigos. Tampoco aplicará la notificación por correo
certificado o mensajería. La notificación por medios de comunicación
electrónica aplicará únicamente cuando el particular cuente con la
certificación del medio de identificación electrónica. |
3. |
DEPENDENCIA O ENTIDAD QUE
EMITIO EL ACTO RECLAMADO
|
4. |
ACTO QUE SE RECURRE
Fecha en la que se le
notificó o tuvo conocimiento del acto reclamado ___ / ___ /___ (dd/mm/aa)
Acto que se recurre.
En caso de tenerlo, favor
de proporcionar el No. de folio de su solicitud original de acceso a la
información gubernamental: _____
Puntos Petitorios (Si el
espacio no es suficiente, puede anexar hojas a esta solicitud):
|
4. |
ACTO QUE SE RECURRE
Fecha en la que se le
notificó o tuvo conocimiento del acto reclamado ___ / ___ /___ (dd/mm/aa)
Acto que se recurre.
En caso de tenerlo, favor
de proporcionar el No. de folio de su solicitud original de acceso a la
información gubernamental: _____
Puntos Petitorios (Si el
espacio no es suficiente, puede anexar hojas a esta solicitud):
|
5. |
DOCUMENTOS ANEXOS
Carta poder o
poder
¨
Sólo en caso de presentación de
solicitudes por medio de representant.
Comprobante de porte pagado
¨
Sólo en caso de solicitar la entrega de
la información por mensajería
Copia de resolucion que se
impugna
¨ No es necesario en caso de
presentar el recurso por medios electrónicos y se
anexe como archivo, o el Instituto tenga acceso a la resolución a través
del
sistema
Copia de la Notificación
correspondiente
¨ No es necesario en caso de
presentar el recurso por medios electrónicos y se
anexe como archivo, o el Instituto tenga acceso a la resolución a través
del
sistema
Otros (especificar):_____________________________ (Elementos
que se considere procedentes someter a juicio del Instituto) |
Anverso
RECURSO DE REVISION ANTE EL
INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO
A LA INFORMACION PUBLICA
6. |
DATOS QUE EL SOLICITANTE
PUEDE LLENAR DE MANERA OPCIONAL
CURP
__________________________ Teléfono (Clave): (______)
Número: _____________ Correo electrónico:_________________
- La presente información será utilizada
únicamente para efectos estadísticos:
Sexo:
M F
Fecha de
Nacimiento ___ /___ /___ (dd/mm/aa)
Ocupación:__________________________________
¿Cómo se enteró usted de
la existencia del recurso de revisión?
Radio ¨
Prensa ¨
Televisión ¨
Cartel o Póster ¨
Internet ¨
Otro Medio (especifique)____________________ |
7. |
INSTRUCTIVO
- Favor de llenar el presente formato a
máquina o con letra de molde legible.
- El recurso de revisión podrá presentarse
mediante escrito libre, formato o a través del Sistema de Solicitudes
de Información (SISI) en la dirección http://informacionpublica.gob.mx
- Tanto el formato como el sistema están
disponibles en las Unidades de Enlace, las oficinas, representaciones y
delegaciones que cuenten con servidores públicos habilitados para tales
efectos, así como en los sitios de internet de las dependencias,
entidades y del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública
www.ifai.org.mx
- Usted puede reproducir este formato en
papel bond blanco.
- El módulo de atención del Instituto
Federal de Acceso a la Información Pública le auxiliará en la
elaboración del recurso
de revisión.
- Usted podrá darle seguimiento al
procedimiento de acceso a información de su solicitud con el número de
folio de su acuse de recibo, en la Unidad de Enlace donde realizó la
solicitud o a través del SISI.
|
8. |
INFORMACION GENERAL
- El solicitante a quien se le haya
notificado, la negativa de acceso a la información, o la inexistencia
de los documentos solicitados, podrá interponer, por sí mismo o a
través de su representante, el recurso de revisión ante el Instituto
Federal de Acceso a la Información Pública o ante la Unidad de Enlace
que haya conocido el asunto, dentro de los 15 días hábiles siguientes
a la fecha de la notificación.
- El recurso también procederá en los
mismos términos cuando:
- La dependencia o entidad no entregue al
solicitante los datos personales solicitados, o lo haga en un formato
incomprensible;
b) La dependencia o
entidad se niegue a efectuar modificaciones o correcciones a los datos
personales;
c) El solicitante no
esté conforme con el tiempo, el costo o la modalidad de entrega, o
- El solicitante considere que la
información entregada es incompleta o no corresponda a la
información requerida en la solicitud.
- Cuando el recurso se presente a través
de medios electrónicos se deberá anexar copia impresa o electrónica
de la resolución impugnada y, en su caso, copia de la notificación
correspondiente.
- El recurso podrá presentarse
personalmente o mediante representante en el domicilio del Instituto
Federal de Acceso a la Información Pública o en la Unidad de Enlace.
De igual forma el recurso se puede presentar por correo certificado o
mensajería, con acuse de recibo, y por medios electrónicos a través
del Sistema de Solicitudes de Información (SISI). En cualquier caso,
se entregará, o enviará el acuse de recibo en el cual conste la
fecha de presentación respectiva y el número de folio que
corresponda.
- No se requiere la identificación del
solicitante para interponer el recurso. En caso de que el recurso se
presente mediante un representante, éste deberá contar con una carta
poder firmada ante dos testigos.
- La notificación de resoluciones sobre
recursos interpuestos en materia de acceso a datos personales o de
corrección de éstos, podrá hacerse únicamente al particular
titular de los datos personales o a su representante legal, previa
acreditación de su personalidad. Asimismo, dicha notificación podrá
ser remitida por medios electrónicos, siempre que el particular
cuente con la certificación del medio de identificación
electrónica.
- En caso de que el recurso de revisión
no satisfaga alguno de los requisitos solicitados en el presente
formato y el Instituto no cuente con elementos para subsanarlos, se
prevendrá al recurrente, por una sola ocasión, y a través del medio
que haya elegido en su solicitud, para que subsane las omisiones
dentro de un plazo de 5 días hábiles. Transcurrido el plazo
correspondiente sin desahogar la prevención, se tendrá por no
presentado el recurso. La prevención tendrá el efecto de interrumpir
el plazo que tiene el Instituto para resolver el recurso.
- La resolución debe emitirse dentro de
los 50 días hábiles siguientes a la presentación del recurso. El
Pleno del Instituto podrá ampliar este plazo por una vez, y hasta por
un periodo igual, cuando existan razones que lo motiven y siempre y
cuando éstas le sean notificadas al recurrente.
- Las resoluciones del Instituto podrán
confirmar, revocar o modificar la decisión del Comité de
Información. Cuando la resolución del Instituto revoque o modifique
las decisiones del Comité de Información, la dependencia o entidad
tendrá
10 días hábiles para entregar la información solicitada, los datos
personales y, en su caso, realizar la corrección correspondiente.
- Las resoluciones emitidas por el
Instituto, establecerán los plazos para su cumplimiento y los
procedimientos para asegurar
la ejecución.
- Si el Instituto no resuelve en el plazo
establecido, la resolución que se recurrió se entenderá confirmada.
- Cuando la resolución del recurso de
revisión revoque o modifique las decisiones del Comité de
Información de la dependencia o entidad, éste deberá implementarla
en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir del día
hábil siguiente a aquel en que se le haya notificado la resolución.
- Las resoluciones del Instituto serán
definitivas para las dependencias y entidades. Los particulares
podrán impugnarlas ante el Poder Judicial de la Federación.
- Transcurrido un año de que el Instituto
expidió una resolución que confirme la decisión de un Comité de
Información, el particular afectado podrá solicitar ante el mismo
Instituto que reconsidere la resolución. Dicha reconsideración
deberá resolverse en un plazo máximo de 60 días hábiles.
- Para sugerencias, dudas o quejas, puede
comunicarse al 01-800-835-4324 (TELIFAI) o bien remitirse a la página
de internet www.ifai.org.mx
|
|
|
Reverso
Artículo Transitorio
UNICO.- Los
presentes formatos entrarán en vigor el día de su publicación.
Así lo acordó el Pleno del
Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, en sesión celebrada el
día 10 de junio de dos mil tres, ante el Secretario de Acuerdos.- La
Comisionada Presidente, María Marván Laborde.- Rúbrica.- Los
Comisionados: Horacio Aguilar Alvarez de Alba, Alonso Gómez Robledo
Verduzco, Juan Pablo Guerrero Amparán, José Octavio López Presa.-
Rúbricas.- El Secretario de Acuerdos, Francisco Ciscomani Freaner.-
Rúbrica.