ACLARACION a la Norma Oficial Mexicana NOM-184-SSA1-2002, Productos y servicios. Leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado. Especificaciones sanitarias, publicada el 23 de octubre de 2002.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

 ACLARACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-184-SSA1-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. LECHE, FORMULA LACTEA Y PRODUCTO LACTEO COMBINADO. ESPECIFICACIONES SANITARIAS, PUBLICADA EL 23 DE OCTUBRE DE 2002.

 La Directora General de Control Sanitario de Productos y Servicios, por acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracciones XXII y XXIV, 13 apartado A), fracciones I y II, 194 fracción I, 197, 199, 201, 210, 214 y demás aplicables de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracciones I, II, V, XI, XII, 41, 43 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 8o., 14, 15, 25, quinto transitorio y demás aplicables del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 2, literal C, fracción II, 34 y del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y 2 fracciones II y III, 9 fracción XVI, y 11 fracciones I y II del Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la siguiente:

 Aclaración a la Norma Oficial Mexicana NOM-184-SSA1-2002, Productos y Servicios. Leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado. Especificaciones sanitarias.

 En la página 7, en el punto 6.8.2.1, que dice:

 Someterse a una temperatura de 135°-149°C por 2 a 8 segundos, que sean equivalentes a la permanencia de tiempo y temperatura que se muestra en la siguiente gráfica:

 Debe decir:

 Someterse a una temperatura de 135°-149°C por 2 a 8 segundos, que sean equivalentes a la permanencia de tiempo y temperatura que se muestra en la siguiente gráfica:

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Transitorio

 Unico. La presente Aclaración entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 México, D.F., a 13 de noviembre de 2002.- La Directora General de Control Sanitario de Productos y Servicios, Aída Albuerne Piña.- Rúbrica.

Fecha de Publicación: 3 de marzo de 2003