ACUERDO por el que se abroga el Instructivo para la Estandarización de los Empaques de los Medicamentos del Sector Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General.

El Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos 73 fracción XVI Primera Base de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 15, 16, 17 fracción V, 27 fracción VIII, y 28 de la Ley General de Salud; 24, 25 y 26 del Reglamento de Insumos para la Salud; y 1, 4, 5 fracciones IV, X y XV, 6 fracción II, 13 fracción I y 14 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, y

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de abril de 1975, se instituyó el Cuadro Básico de Medicamentos del Sector Público, antecedente del actual Cuadro Básico de Medicamentos del Sector Salud, el cual estableció como norma general la presentación uniforme de los medicamentos que adquiera el sector público en sus diferentes categorías y usos.

Que la Ley General de Salud establece en su artículo 17, que compete al Consejo de Salubridad General la elaboración del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud.

Que el Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General señala en su artículo 5, que corresponde al Consejo elaborar, publicar, actualizar y difundir el Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel de atención médica y el Catálogo de Insumos para el segundo y tercer niveles, contando para su elaboración, conforme al artículo 13, con la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud.

Que el Consejo de Salubridad General publicó el 24 de octubre de 1984 en el Diario Oficial de la Federación un instructivo para la estandarización de los medicamentos del Sector Salud, que estableció diversos elementos para la identificación del Sector Salud, determinó colores asociados con los grupos terapéuticos a los que pertenecen los medicamentos, logosímbolos de identificación del sector y de las dependencias e instituciones que lo integran, así como leyendas de advertencia.

Que el objetivo del Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel de atención y el Catálogo de Insumos para el segundo y tercer niveles es el de agrupar, clasificar y codificar los insumos que requiera el Sector Salud para la prevención, tratamiento e investigación de los problemas de salud, sin que para ello sea necesario mantener una unidad visual de los medicamentos que conforman el Cuadro Básico.

Que la Norma Oficial Mexicana 072-SSA1-1993, Etiquetado de medicamentos, establece en su numeral 8.1 que las etiquetas de los envases secundarios o primarios de los medicamentos del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos del Sector Salud, deberán cumplir con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación por el Consejo de Salubridad General.

Que se busca un mecanismo idóneo para fomentar la competencia económica de la industria farmacéutica y de esa manera asegurar las mejores condiciones para que las dependencias y entidades que proporcionan servicios de salud puedan adquirir los medicamentos.

Que en la sesión extraordinaria celebrada el 5 de agosto de 2002, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud, acordó abrogar el instructivo para la estandarización de los empaques de los medicamentos del Sector Salud publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 1984.

Que con fecha 12 de agosto de 2002, la Junta Ejecutiva del Consejo de Salubridad General aprobó los acuerdos de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud.

Que en sesión ordinaria del 28 de agosto de 2002, el pleno del Consejo de Salubridad General aprobó el acuerdo de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud y de la Junta Ejecutiva, respecto de abrogar el instructivo para la estandarización de los empaques de los medicamentos del Sector Salud, por lo que expide el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ABROGA EL INSTRUCTIVO PARA LA ESTANDARIZACION DE LOS EMPAQUES DE LOS MEDICAMENTOS DEL SECTOR SALUD

UNICO.- Se abroga el instructivo para la estandarización de los empaques de los medicamentos del Sector Salud publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 1984.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud podrán adquirir medicamentos indistintamente con el empaque del Sector Salud que, en caso de ser genéricos intercambiables deberá tener un sello o sobreimpresión con la simbología GI o, con el etiquetado comercial, deberá tener la clave del Sector Salud con un sello o sobreimpresión, hasta por un año a partir del inicio de la vigencia de este Acuerdo.

TERCERO.- La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud elaborará la propuesta de actualización de la Norma Oficial Mexicana 072-SSA1-1993, Etiquetado de medicamentos, para ser incluida en el Programa de Normalización de 2003.

México, D.F., a 20 de septiembre de 2002.- El Secretario de Salud y Presidente del Consejo de Salubridad General, Julio José Frenk Mora.- Rúbrica.- La Secretaria del Consejo de Salubridad General, Mercedes Juan.- Rúbrica.

Fecha de Publicación: 25 de septiembre de 2002