ACUERDO por el que se dan a conocer los criterios particulares de evaluación de los Proyectos de Alto Impacto Social que aplicará la Secretaría de Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

JOSE ANTONIO GONZALEZ FERNANDEZ, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 6o., fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; tercero del Acuerdo Secretarial de Intercambio de Deuda Pública en Apoyo de Proyectos de Alto Impacto Social y la regla quinta de las Reglas de Operación del Programa de Intercambio de Deuda Pública en Apoyo de Proyectos de Alto Impacto Social, y

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el 7 de julio de 2000 publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial por el que se crea el Programa de Intercambio de Deuda Pública en Apoyo de Proyectos de Alto Impacto Social, para la realización de operaciones de intercambio de deuda pública que pretendan realizar personas morales mexicanas de fines no lucrativos, con el fin de desarrollar proyectos de alto impacto social en los sectores educativo, medio ambiente, agropecuario, salud y desarrollo social.

Que el artículo tercero del Acuerdo Secretarial citado, establece que para la celebración de operaciones de intercambio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en el artículo 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, solicitará la opinión, informes, datos o cooperación técnica de las dependencias en cuyo sector se requiere llevar a cabo el proyecto de alto impacto social apoyado en la operación de intercambio objeto del Programa.

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo cuarto de dicho Acuerdo Secretarial, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 24 de octubre de 2000 publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas del Programa mencionado en el primer considerando, en las que se establecen, entre otros, los criterios generales de evaluación a que deberán apegarse las coordinadoras de sector para emitir la opinión correspondiente.

Que la regla quinta de las Reglas de Operación mencionadas en el considerando anterior, dispone que adicionalmente a los criterios generales, cada coordinadora de sector determinará los criterios particulares de evaluación de los proyectos y de las instituciones y los dará a conocer mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla Quinta de las Reglas de Operación del Programa de Intercambio de Deuda Pública en apoyo de proyectos de alto impacto social, mediante la publicación de los criterios particulares de evaluación que aplicará la Secretaría de Salud, en su carácter de Coordinadora del Sector Salud, para emitir la opinión correspondiente a los proyectos de alto impacto social y a las instituciones solicitantes.

SEGUNDO. Los criterios particulares de evaluación a que se refiere el presente Acuerdo serán aplicados por la Secretaría de Salud a los proyectos y a las instituciones solicitantes, además de los criterios generales de evaluación previstos en la regla cuarta de las Reglas de Operación del Programa de Intercambio de Deuda Pública en Apoyo de Proyectos de Alto Impacto Social.

TERCERO. Los proyectos elegibles para participar en el Programa de Intercambio de Deuda Pública en Apoyo de Proyectos de Alto Impacto Social del Sector Salud, deberán corresponder a las prioridades plasmadas en el Plan Nacional de Desarrollo y particularmente en los programas sectoriales y específicos de entidades públicas o privadas, cuyas actividades estén vinculadas con la salud pública y tengan relación con los temas abajo enlistados, así como aquellos que por su carácter innovador no estén aquí comprendidos, pero puedan incorporarse a juicio de la Secretaría de Salud:

I. Participación comunitaria en los programas prioritarios de salud:

a. Municipio Saludable;

II. Prevención y Control de Enfermedades:

a. Vacunación,

b. VIH/SIDA,

c. Adicciones,

d. Cáncer cérvico uterino,

e. Dengue y paludismo,

f. Salud reproductiva,

g. Cáncer de mama,

h. Fomento de la lactancia materna,

i. Salud del niño,

j. Salud del adulto y del anciano,

k. Accidentes, y

l. Violencia intrafamiliar.

III. Acciones para el mantenimiento de la ampliación de cobertura de servicios de salud a población abierta;

IV. Reforzamiento de la infraestructura;

V. Mantenimiento de unidades médicas;

VI. Abasto de medicamentos e insumos;

VII. Fomento de la cultura de trasplantes;

VIII. Impulso a una cultura de bioética y prácticas éticas de la medicina;

IX. Desarrollo de la medicina genómica;

X. Fomento para los procesos de rehabilitación de personas discapacitadas;

XI. Investigación en servicios de salud, y

XII. Asistencia social.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Los presentes criterios particulares de evaluación serán aplicables para el siguiente ejercicio fiscal 2001, hasta en tanto se publiquen los correspondientes a dicho ejercicio.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil.- El Secretario de Salud, José Antonio González Fernández.- Rúbrica.

Fecha de Publicación: 22 de noviembre de 2000