ACUERDO por el que la Secretaría de Salud da a conocer las Reglas de Operación específicas e indicadores de gestión y evaluación de la Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARIA DE SALUD DA A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACION ESPECIFICAS E INDICADORES DE GESTION Y EVALUACION DE LA CRUZADA NACIONAL POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD.

JULIO JOSE FRENK MORA, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 32 y 33 de la Ley de Planeación; 63 y 64 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002 y 6 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002, dispone que con el propósito de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos, los programas a que se refiere el artículo 63 del propio Decreto, se sujetarán a la aplicación de reglas de operación claras y específicas, que deberán incluir los requisitos e indicadores que el mismo establece.

Que el Gobierno Federal se ha propuesto mejorar los niveles de salud de los mexicanos garantizando el trato adecuado en la prestación del servicio, fortaleciendo al Sistema Nacional de Salud para que dé respuesta con calidad y respeto al ciudadano.

Que en el marco de sus atribuciones, la Secretaría de Salud promueve procesos de mejora continua, de rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos y de un marco normativo que aliente la iniciativa para alcanzar niveles cada vez más altos de calidad, de cobertura y de eficiencia.

Que la Secretaría de Salud está a cargo de dirigir la Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud y, para concretar este esfuerzo, se acompaña de instituciones públicas y privadas del sector salud, incluyendo academias, colegios y asociaciones de profesionales.

Que es necesario impulsar políticas públicas destinadas a crear las condiciones para prestar servicios de salud de calidad.

Que es interés del Gobierno Federal impulsar políticas de salud en las que se promueva la corresponsabilidad y la rendición de cuentas.

Que el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Salud, es el responsable de establecer las reglas de operación del Programa, de aportar los recursos necesarios para su operación, darle seguimiento, evaluar sus resultados y asegurar el cumplimiento de sus objetivos.

Que conforme al artículo 63 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación el ejercicio fiscal del año 2002, las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo autorizaron las reglas de operación y los indicadores de gestión, respectivamente, del Programa Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

UNICO. La Secretaría de Salud da a conocer las Reglas de Operación del Programa Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud, y sus indicadores de gestión y evaluación de conformidad con el siguiente:

CONTENIDO

1. Presentación

2. Antecedentes

3. Objetivos

3.1. General

3.2. Específicos

4. Lineamientos generales

4.1. Cobertura

4.2. Población objetivo

4.3. Características de los apoyos

4.3.1. Tipo de apoyo

4.3.2. Monto de apoyo

4.4. Beneficiarios

4.4.1. Elegibilidad

4.4.2. Transparencia

4.4.3. Causas de suspensión de los apoyos.

5. Lineamientos específicos

5.1. Coordinación institucional

5.1.1. Instancias ejecutoras

5.1.2. Instancias normativas

5.1.3. Instancias de control y vigilancia

6. Mecánica de operación

6.1. Difusión

6.2. Promoción

6.3. Ejecución

6.3.1. Contraloría social

7. Informes programático-presupuestarios

7.1. Avances físicos-financieros

7.2. Cierre de ejercicio

8. Evaluación

8.1. Interna

8.2. Externa

9. Indicadores de resultados

10. Seguimiento, control y auditoría

10.1 Atribuciones

10.2. Objetivo

10.3 Resultados y seguimiento

11. Quejas y denuncias

11.1 Mecanismos, instancias y canales

1. Presentación

El Sistema de Salud mexicano ha tenido avances importantes a partir de la segunda mitad del siglo XX. No obstante, aún permanece la necesidad de ofrecer servicios de alta calidad.

A pesar de que se han realizado esfuerzos en este sentido, tanto en instituciones públicas como privadas, se ha carecido de una estrategia que permita dar coherencia e impulso a estas acciones.

Ante ello, surge la necesidad de establecer una estrategia nacional que, como una verdadera cruzada, rescate de manera sistematizada el valor de la calidad y lo arraigue en la cultura organizacional del sistema y de cada uno de los prestadores de servicios de salud.

En el Programa Nacional de Salud 2001-2006 se plasman los tres retos principales que se afrontarán en el sector: equidad, protección financiera y calidad. En este último se inscribe la Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud, como instrumento para elevar la calidad y la eficiencia de los servicios de salud de las instituciones, con enfoque en la mejora de la calidad técnica y la calidad percibida.

Durante los últimos años, ha prevalecido un modelo sobre la calidad de los servicios de salud, que empieza a ser sustituido. Este modelo se basa en los supuestos que consideran que "la calidad está implícita", "cantidad es sinónimo de calidad", "no importa el costo para ofrecer calidad", "la manera de garantizar la calidad es supervisando el trabajo de los demás" y "el paciente es un ente pasivo".

Para sustituir este paradigma la Cruzada Nacional impulsa nuevos postulados sustentados en:

1. La demostración de resultados del proceso de atención es indispensable. La calidad debe ser explícita.

2. Es fundamental medir para comparar, para aprender y para mejorar.

3. La responsabilidad de mejorar es de todos los involucrados en el proceso de atención.

4. Es indispensable ofrecer cantidad con calidad.

5. Los procesos que se realizan con calidad contribuyen a una mayor eficiencia.

6. El paciente es capaz y debe participar activamente en el proceso de su atención.

La Cruzada Nacional está diseñada para impulsar el tránsito hacia este nuevo modelo y poder enfrentar los retos que resultan de un diagnóstico sobre la calidad de los servicios de salud, caracterizado por:

a) Bajo nivel, en promedio, de la calidad de los servicios de salud públicos y privados.

b) Heterogeneidad de los niveles de calidad entre regiones geográficas, entre instituciones y al interior de las propias instituciones.

c) Percepción de mala calidad de los servicios por parte de la población.

d) Pobre información y poco confiable sobre el desempeño de los servicios de salud.

Esta problemática se manifestó en la "Encuesta Nacional de Satisfacción con los Servicios de Salud 2000", en la que la población señaló que el nivel de calidad de los servicios de salud había empeorado en relación con los datos que se tenían en 1994, 4 de cada 10 mexicanos se quejaron de la falta de amabilidad del personal médico y calificaron el nivel de calidad de los servicios de salud por debajo de los servicios públicos de "agua y drenaje", "teléfonos" y "transporte público".

Adicionalmente, los indicadores de calidad de los servicios de salud son prácticamente inexistentes y las mediciones que hay son limitadas. En este sentido, la Cruzada Nacional como una estrategia sectorial inició durante 2001 la medición de indicadores orientados al trato digno que deben recibir los usuarios de los servicios de salud, específicamente en tiempos de espera, surtimiento de recetas e información que recibe el paciente sobre su diagnóstico y tratamiento. En este aspecto el programa concibe al monitoreo de indicadores en las unidades prestadoras de servicios de salud, como una herramienta de gestión para la calidad, que fundamenta la toma de decisiones para efectuar intervenciones que mejoren la calidad con énfasis inicial en el trato digno a los usuarios y la atención médica efectiva, a fin de otorgar confianza a los ciudadanos sobre los servicios que reciben.

Para este esfuerzo de mejora, el concepto de calidad de los servicios de salud se concibe con dos elementos:

1. Trato digno, cuyas características son:

a) Respeto a los derechos y características individuales de los usuarios, a partir de la identificación y evaluación periódica de sus necesidades y expectativas sobre el servicio de salud que reciben.

b) Información completa, veraz, oportuna y entendida por el paciente o por quien es responsable de él o de ella.

c) Interés manifiesto en la persona.

d) Amabilidad.

2. Atención médica efectiva, entendida como:

a) Efectiva, que logre el resultado o efecto posible, de acuerdo con el estado que guarda la ciencia médica.

b) Eficiente, con la cantidad de recursos adecuada al resultado obtenido.

c) Etica, de acuerdo con los valores socialmente aceptados.

d) Segura, con los menores riesgos posibles.

Con este propósito la Cruzada Nacional orienta sus acciones a los usuarios, a las organizaciones prestadoras de los servicios de salud, a la población en general y al propio sistema de salud, bajo los siguientes principios básicos:

1. La protección de la salud es la razón de ser de la búsqueda de calidad.

2. Los usuarios de los servicios merecen un trato digno y respetuoso.

3. Los usuarios de los servicios deben ser reconocidos como participantes activos del proceso de atención.

4. Una buena calidad técnica debe ser eficiente, bajo el supuesto de que el mejoramiento de la calidad de los servicios de salud no necesariamente implica incrementar costos.

5. Los problemas que afectan la calidad generalmente están causados por el diseño de sistemas y de los procesos.

6. Todos aquellos que intervienen en el proceso de atención médica tienen la capacidad y deben tener la oportunidad para hacer propuestas de mejora de los servicios.

7. Las mejoras tienen que ser demostrables fehacientemente.

8. Es indispensable reconocer las experiencias exitosas en la prestación de los servicios mediante apoyos institucionales no asociados a estímulos económicos o a prestaciones en materia de servicios personales.

9. La rendición de cuentas debe ser una práctica común.

En este contexto, el programa se propone otorgar apoyos técnicos y financieros a proyectos que incidan en la calidad de los servicios de salud, a partir de la medición de indicadores sobre la calidad del servicio-en sus vertientes de trato digno y atención médica efectiva- que permitan la toma de decisiones para la mejora continua de procesos, promoviendo la capacitación a directivos y trabajadores, y el reconocimiento a experiencias exitosas en la materia.

2. Antecedentes

Las acciones institucionales para mejorar la calidad de los servicios de salud se remontan a finales de la década de los cincuenta en el Instituto Mexicano del Seguro Social. A mediados de los años ochenta destaca la implantación de los primeros círculos de calidad en la Secretaría de Salud. Sin embargo, es hasta la década de los noventa cuando es posible identificar un verdadero movimiento hacia la calidad de los servicios.

En el sector público, el Programa de Mejoría Continua de la Calidad de la Atención, el impulso a la certificación de los hospitales "Amigo del niño y de la madre", la certificación de jurisdicciones y la creación de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico en la Secretaría de Salud, así como las acciones en materia de calidad realizadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, los servicios médicos de PEMEX y del ISSSTE retoman la preocupación de elevar la calidad de una manera más sistematizada. A ello se agregan los esfuerzos realizados en hospitales e instituciones privadas que iniciaron procesos de mejora continua.

De esta manera, la Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud se finca en múltiples cimientos construidos durante años que permiten asegurar la suficiente experiencia para el impulso de este programa.

Como instrumento sectorial contempla 70 líneas de acción distribuidas en cuatro niveles que corresponden a los grupos específicos hacia los cuales se orienta la estrategia: usuarios, prestadores de los servicios, organizaciones y sistema de salud en general. Cada una de las líneas de acción da origen a un plan en el cual se identifican las acciones concretas, su secuencia en el tiempo, los responsables de cada una de ellas, los indicadores mediante los cuales se medirá el avance y las metas a alcanzar en cada caso.

Con el propósito de que la Cruzada Nacional sea una estrategia eficiente de manera paulatina, ordenada y en forma secuencial se define la implantación de las líneas de acción y la atención a cada uno de los problemas que afectan la calidad de los servicios de salud. En este sentido, para efectos de la aplicación de los recursos durante el 2002, el programa se orientará al financiamiento de proyectos que impulsen la gestión exitosa para la mejora del componente de trato digno, a partir de la medición de indicadores en este rubro como herramienta de gestión. En forma paralela, con los recursos institucionales asignados a la Secretaría de Salud y de manera coordinada con otras instituciones públicas, se están realizando acciones para proveer del componente de calidad a los programas de salud a nivel sectorial, así como la educación en salud dirigida a los prestadores de servicios, la conformación de modelos de gestión para abordar la mejora de otros componentes del concepto de calidad ya enunciado, así como la regulación sanitaria para la mejora de la calidad de los servicios.

Durante el año 2001 como parte del Plan de Arranque de la Cruzada Nacional se estableció el Equipo Consultor Sectorial, integrado por funcionarios de alto nivel de la SSA, IMSS e ISSSTE para el impulso de la estrategia a nivel sectorial. Asimismo, se instalaron Comités Estatales de Calidad en 29 entidades federativas, conformados por directivos de las instituciones de salud en el estado que se adhirieron en forma voluntaria al programa.

En este contexto se definieron indicadores de trato digno a los usuarios de los servicios de salud, en tiempos de espera, satisfacción de los usuarios, información al paciente y surtimiento de recetas que están siendo monitoreados, para proveer de información que sirva para la toma de decisiones en las propias unidades prestadoras de servicios, y en cuya solución participan los Comités Estatales y la Dirección General de Calidad y Educación en Salud de la SSA, como instancia ejecutora del programa, otorgando apoyo técnico y asesoría.

En el proceso de medición de indicadores durante el periodo señalado se incorporaron a la Cruzada Nacional 3,069 unidades tanto de la SSA, IMSS e ISSSTE que representa alrededor del 26% del total de unidades. Cada institución es responsable de atender la problemática específica que reflejan los índices de sus unidades y de canalizar recursos a las mismas para la mejora de la calidad de los servicios, pero en forma coordinada a través de los Comités Estatales de Calidad y el Equipo Consultor Sectorial se definen las estrategias para la mejora de los procesos sea homogénea teniendo como base los lineamientos de la Cruzada Nacional.

En el mismo periodo, de las 9,507 unidades médicas de la Secretaría de Salud se incorporaron para medición de indicadores 2,046 unidades prestadoras de servicios, que representa el 21.5% del total. En las unidades de la SSA se realizaron acciones de capacitación, asesoría y seguimiento que promueven la mejora de los procesos de atención a los usuarios de los servicios y su monitoreo.

Como resultado de la medición de índices de calidad en el 2001 en unidades de primer y segundo nivel de atención se registraron avances en la disminución del tiempo de espera y un incremento en la satisfacción de los usuarios sobre la información que reciben sobre su diagnóstico y tratamiento, así como en el surtimiento de recetas. Sin embargo, estos avances deben mejorarse y ampliarse a todas las unidades de la SSA.

A partir de las experiencias obtenidas en el año anterior y de las líneas de acción del programa durante el 2002 para fines de la aplicación de los recursos las acciones de la Cruzada Nacional se concentrarán principalmente en 5 rubros:

1. Incrementar el número de unidades prestadoras de servicios de salud que registran indicadores, a partir de su adhesión voluntaria al programa, con el propósito de que se incorporen el 60 % de las unidades de la Secretaría de Salud y que de ellas el 40% cumplan con los estándares satisfactorios.

2. Fortalecer la medición, capacitación y mejora de los procesos de atención en las unidades que ya se encuentran incorporadas al programa. Así como el impulso al mejoramiento de los espacios donde se prestan servicios de salud, como acciones piloto vinculadas al trato digno que deben recibir los usuarios.

3. Reconocer experiencias exitosas en la mejora de la calidad de los servicios de salud, a partir del modelo de monitoreo como herramienta de gestión para la calidad.

4. Apoyar procesos de certificación ISO 9000 en las unidades prestadoras de servicios.

5. Impulsar nuevos instrumentos de gestión para la calidad, a través de convenios, asesorías y consultorías.

Para fines de implementar una red de monitoreo institucional de carácter nacional es necesario dotar a las unidades médicas de la plataforma tecnológica para establecer una cultura de la medición como instrumento para la toma de decisiones, impulsar a la capacitación en materia de calidad del servicio, y que las unidades prestadoras de servicios de salud cumplan con estándares satisfactorios, considerando la opinión de los usuarios.

El monitoreo institucional que realiza el programa se concibe como el registro de indicadores en las unidades prestadoras de servicios, se complementa con un sistema de monitoreo social a través de un centro de atención telefónica por medio del cual los usuarios presentarán sus quejas, sugerencias y felicitaciones sobre los servicios de salud que reciben a nivel nacional.

Con ello se podrá avanzar en la materialización de la imagen objetivo de la Cruzada Nacional para el año 2006, en donde la calidad se reconoce explícita y fehacientemente como un valor en la cultura organizacional del sistema de salud y existen evidencias confiables de mejoras sustanciales a través de todo el sistema, que son percibidas con satisfacción por los usuarios de los servicios, por la población en general y por los prestadores de servicios.

3. Objetivos

3.1. General

Elevar la calidad de los servicios de salud y llevarla a niveles aceptables en todo el país, que sean claramente percibidos por la población, para lo cual el programa otorgará apoyos técnicos y financieros para el desarrollo de proyectos que incidan en la calidad de los servicios.

3.2. Específicos

q Impulsar proyectos que promuevan el trato digno a los pacientes y la mejora de la calidad técnica de la atención, así como la innovación e investigación en la materia.

q Aumentar el número de unidades prestadoras de servicios de salud que participan en la Cruzada Nacional y que registran índices de calidad para conformar una red nacional de monitoreo que proporcione información oportuna, objetiva y confiable para la mejora de los servicios.

q Promover la capacitación de directivos y trabajadores de las unidades de servicios de salud, en áreas que incidan en la calidad de los servicios.

q Impulsar, apoyar y reconocer experiencias exitosas en materia de calidad de los servicios de salud, en las que participen trabajadores, directivos e instituciones, para su réplica o difusión en otras unidades con problemas de calidad en el servicio.

q Coadyuvar en el proceso de impulso a la calidad en zonas indígenas y marginadas a través del desarrollo de proyectos que promuevan la mejora de los servicios de salud.

q Proveer de apoyo técnico, asesoría y consultoría, a las unidades para la mejora de los índices de calidad y apoyar procesos de certificación ISO 9000 en las mismas.

4. Lineamientos generales

El programa impulsará el desarrollo de proyectos que incidan en la mejora de la calidad de los servicios de salud promoviendo la medición de indicadores sobre la prestación del servicio como modelo de gestión.

Son susceptibles de apoyo financiero los proyectos que otorguen prioridad a las unidades prestadoras de servicios, que se encuentren ubicadas en localidades donde opere el Programa de Educación, Salud y Alimentación (PROGRESA), el Programa de Protección Financiera (Seguro Popular) y zonas indígenas, principalmente.

4.1. Cobertura

La cobertura del programa es de carácter nacional. La Secretaría de Salud podrá determinar zonas, unidades prestadoras de servicios o jurisdicciones sanitarias que por su situación, características y naturaleza, requieran el otorgamiento de apoyos técnicos y financieros para el desarrollo de acciones y proyectos en materia de calidad de los servicios de salud, procurando la equidad y el equilibrio en la asignación de apoyos.

4.2. Población objetivo

Los recursos del programa se destinarán al desarrollo de proyectos que incidan en la mejora de la calidad de los servicios de salud que presenten Unidades Prestadoras de Servicios de Salud, desconcentradas o descentralizadas, en población no asegurada que sea atendida por instituciones del sector público.

El cumplimiento de los objetivos del programa en el 2002 con acciones de mejora de la calidad de los servicios de salud beneficiará a alrededor de 23 millones de habitantes que representa aproximadamente el sesenta por ciento del total de la población sin seguridad social, que potencialmente recibe atención en las unidades de la Secretaría de Salud.

Para ello, la Cruzada Nacional durante este periodo promoverá la incorporación voluntaria al programa de 5500 unidades de la SSA que conforman el 60% del universo de unidades prestadoras de servicios de salud en la dependencia.

En este sentido, para la conformación de la red nacional de monitoreo son potencialmente beneficiarios 233 jurisdicciones sanitarias y 100 hospitales generales de los Servicios Estatales de Salud que manifiesten su disposición a participar en la Cruzada Nacional.

4.3 Características de los apoyos

El programa otorgará recursos para el desarrollo de proyectos que incidan en la mejora de la calidad de los servicios de salud, a aquellas unidades que se adhieran voluntariamente a la Cruzada Nacional y adopten sus lineamientos e indicadores en los términos de las presentes reglas y de las convocatorias específicas que se emitan para tal propósito.

La aplicación de los recursos del programa se orientará a las unidades de primer y segundo nivel, jurisdicciones sanitarias y Servicios Estatales de Salud, principalmente, para el financiamiento de proyectos en las siguientes áreas:

a) Infraestructura tecnológica para la medición y mejora de índices de calidad.

b) Innovación e investigación en materia de calidad en salud.

c) Acciones de autorregulación de los servicios de salud para atender problemas de calidad.

d) Educación para la salud a prestadores de los servicios para el desarrollo de competencias.

e) Reconocimiento, experiencias exitosas en materia de calidad.

f) Apoyos para procesos de certificación ISO 9000.

La Dirección General de Calidad y Educación en Salud de la SSA, como instancia ejecutora del programa, con base en el presupuesto asignado al mismo y conforme a la normatividad aplicable para su ejercicio, promoverá acciones de capacitación regionales, estatales o nacionales que impulsen el programa o sus componentes, así como asesorías y consultorías que consoliden el mismo. De igual manera, estarán a su cargo las acciones de difusión, los costos por la implementación de los programas técnicos para el monitoreo institucional de indicadores y el monitoreo social, y los gastos de operación administrativa del programa.

Por su naturaleza y para fines de apoyo al programa, de conformidad con la normatividad aplicable, la Secretaría de Salud podrá realizar convenios interinstitucionales que promuevan la mejora de la calidad de los servicios en el sector.

La Dirección General de Calidad y Educación de la SSA, con fundamento en sus atribuciones y presupuesto de operación, otorgará asesoría para la ejecución e implementación de los proyectos que resulten seleccionados.

4.3.1. Tipos de apoyos

Los apoyos técnicos y financieros del programa se destinarán, preferentemente, a los siguientes tipos de proyectos y acciones:

a) Proyectos que promuevan la mejora de la calidad de los servicios de salud a través del monitoreo de índices de calidad y su mejoramiento, particularmente en zonas marginadas e indígenas, así como la innovación e investigación en la materia, sean éstos efectuados de manera individual o institucional.

b) Proyectos que promuevan la capacitación de directivos y trabajadores en áreas que incidan en la calidad de los servicios.

c) Acciones que impulsen, difundan, reconozcan y apoyen experiencias exitosas en materia de calidad de los servicios de salud.

d) El establecimiento del Premio de Calidad de la Secretaría de Salud.

e) Acciones que impulsen procesos de certificación ISO 9000 de unidades prestadoras de servicios de salud.

f) Actividades de asesoría y consultoría que promuevan y alienten los fines del programa.

La Secretaría de Salud tendrá la facultad, atendiendo lo previsto en las presentes reglas de operación, de señalar acciones o proyectos adicionales que por su importancia deban ser impulsados para el cumplimiento de los fines del programa.

4.3.2. Monto de apoyo

4.3.2.1. Los montos de los apoyos para el desarrollo de los proyectos y acciones que promuevan las unidades prestadoras de los servicios de salud y tengan como finalidad el monitoreo de índices de calidad y su mejoramiento, la innovación, investigación y capacitación tendrán como techo máximo de asignación $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.) cada uno, y quedarán sujetos a los términos, importes y características que se indiquen en la convocatoria específica que emita la Secretaría de Salud. En todo caso, el monto referido corresponde al presupuesto máximo por tipo de proyecto.

Cuando por su naturaleza, prioridad o particular trascendencia para los fines del programa y dado el alcance jurisdiccional, regional, la cobertura o los beneficios esperados que reciba la población por la implementación de algún proyecto que solicite financiamiento, previa valoración y dictamen de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud de la SSA, se podrán otorgar importes superiores a los referidos hasta un tope de 2 veces el techo máximo de asignación previsto en el párrafo anterior.

Los recursos del programa deberán distribuirse preferentemente a:

a) Inversión en equipo de cómputo o didáctico para el monitoreo de índices de calidad y tareas de capacitación respectivamente, mobiliario de apoyo al proyecto y materiales para su operación.

b) Capacitación a trabajadores o directivos.

c) Mantenimiento de los espacios donde se prestan los servicios de salud, como acciones piloto que favorezcan la mejora de la calidad en las unidades que adopten compromisos de mejora en la gestión de las mismas.

La propuesta de distribución de los recursos deberá ser avalada por la jurisdicción sanitaria correspondiente en el caso de proyectos que se desarrollen de manera individual, y por parte de los Servicios de Salud Estatales y, en su caso, del Comité Estatal de Calidad, para los proyectos y acciones que promuevan en forma institucional las Jurisdicciones Sanitarias, con el fin de establecer un nivel de compromiso institucional en la operación del programa.

4.3.2.2. El techo presupuestal máximo para la implementación del Premio de Calidad de la Secretaría de Salud y al apoyo a procesos de certificación en IS0 9000 será de 2.5 millones de pesos M.N. cada uno, quedando sujetos a las convocatorias respectivas.

4.3.2.3. La asignación de recursos para el desarrollo de convenios interinstitucionales y actividades de consultoría que apoyen las acciones del programa quedarán sujetos a las características del convenio o contrato correspondiente, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal en la partida respectiva del programa, así como las acciones de capacitación y de plataforma tecnológica que realice la Dirección General de Calidad y Educación en Salud para la operación del programa.

En ningún caso, los recursos del programa podrán ser destinados a sobresueldos, pagos de tiempo extra o guardias en los servicios que presten los trabajadores o directivos.

4.4 Beneficiarios

Son susceptibles de ser beneficiarios del programa aquellas Unidades Prestadoras de Servicios que se adhieran a la Cruzada Nacional y promuevan proyectos que incidan en la calidad de los servicios de salud en los términos de las presentes reglas de operación y de las convocatorias respectivas.

4.4.1. Criterios de selección

La selección de los proyectos atenderá los criterios de equidad, objetividad, selectividad, temporalidad y transparencia señalados en el Decreto del Presupuesto de Egresos 2002.

Los proyectos seleccionados deberán traducirse en un beneficio social tangible para la población, a partir de un diagnóstico que justifique, impulse la mejora de la calidad de los servicios y permita evaluar los resultados alcanzados a través del análisis de indicadores específicos.

4.4.1.1. Elegibilidad

Es requisito que las propuestas, los proyectos y acciones, en los términos de las presentes reglas, sean avalados por la Jurisdicción Sanitaria, en el caso de iniciativas individuales, por los Servicios Estatales de Salud para las propuestas institucionales que realicen las propias Jurisdicciones Sanitarias o de la instancia que coordina los órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud.

Las propuestas de proyectos y acciones deberán utilizar un método congruente, señalar los propósitos y alcances, objetivos, metodología, costos y proceso de implementación de los mismos.

Sólo se otorgarán recursos a aquellos proyectos o acciones que cumplan con el principio de anualidad del Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que los recursos previstos para los mismos deberán ejercerse a más tardar al 31 de diciembre de 2002.

Los recursos tecnológicos o de infraestructura que se deriven de los apoyos financieros del programa para el desarrollo de proyectos, deberán permanecer en la Unidad Prestadora de Servicios de Salud a efecto de que sea un activo para mejorar la calidad de los servicios de salud.

4.4.1.2 Transparencia

Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se establecerá en la Dirección General de Calidad y Educación en Salud de la SSA, un Comité Interno Técnico de Evaluación de proyectos que será la instancia facultada para analizar y dictaminar los proyectos o acciones susceptibles de apoyo financiero. El Comité estará conformado por directivos de la instancia ejecutora del programa y personal especializado en la materia que se dictamine dada la naturaleza específica de los proyectos, tanto de la SSA como de otras instituciones, asociaciones y academias del sector salud.

El Comité fijará los criterios de evaluación de los proyectos que se divulgarán a través de los medios de difusión del programa.

La instancia ejecutora del programa podrá auxiliarse o derivar la evaluación de los proyectos o acciones en terceros debidamente calificados para este propósito.

La Dirección General de Calidad y Educación en Salud de la SSA, en el ámbito de sus atribuciones y como instancia que administra el presente programa, podrá en cualquier momento, dar seguimiento y evaluar la aplicación de los recursos para los fines a los que fueron otorgados, independientemente de las acciones que realice el Organo Interno de Control de la propia Secretaría de Salud o la SECODAM.

4.4.2 Derechos y obligaciones

Los beneficiarios del programa adquieren el derecho de recibir la asesoría técnica y capacitación necesaria para la ejecución e implementación del proyecto. Asimismo, los bienes que se adquieran para el monitoreo de índices de calidad pasarán a ser parte del activo de la unidad prestadora de los servicios de salud.

Los beneficiarios de los recursos se obligan a ejercer los apoyos exclusivamente para los fines del proyecto o acción, en forma transparente y a cumplir con los tiempos definidos para su consecución y de obtener los productos específicos que incidan en la calidad de los servicios de salud.

4.4.3 Causas de suspensión de los apoyos

Podrán ser retenidos o suspendidos de manera temporal o definitiva el suministro de los recursos en aquellos casos en que el desarrollo de los proyectos:

q No cumpla con el objetivo para el cual fueron diseñados y autorizados.

q No se presenten informes sobre su avance a petición expresa de la instancia que los avaló o de la Secretaría de Salud, indistintamente.

q No atiendan las recomendaciones de carácter técnico que emita la Dirección General de Calidad y Educación en Salud.

La Dirección General de Calidad y Educación en Salud, es la única instancia que tendrá la facultad para determinar la suspensión de los apoyos federales. Asimismo, podrá solicitar a los beneficiarios de los apoyos la información financiera y técnica sobre la aplicación de los recursos del programa. Para ello, si lo considera conveniente, pedirá la opinión de los Servicios Estatales de Salud o, en su caso, de los Comités Estatales de Calidad o de la institución que promueve y respalda el proyecto.

5. Lineamientos específicos

5.1. Coordinación institucional

La Secretaría de Salud y las entidades federativas deberán realizar acciones de coordinación con otras dependencias y organismos públicos con el fin de evitar la duplicidad de acciones en una misma población beneficiada.

5.1.1. Instancias ejecutoras

La coordinación del Programa estará a cargo de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud (DGCES) de la SSA.

5.1.2. Instancias normativas

La DGCES atenderá los criterios y recomendaciones para la evaluación y seguimiento del programa que, en su caso, le señale la Subsecretaría de Innovación y Calidad de la Secretaría de Salud.

Asimismo, evaluará las observaciones y señalamientos que le realicen sobre el desarrollo del Programa los Servicios Estatales de Salud de las entidades federativas, los Comités Estatales de Salud, las Jurisdicciones Sanitarias y la población, en su caso, para un adecuado seguimiento y supervisión de los recursos.

5.1.3. Instancias de control y vigilancia

La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (SECODAM) y/o el Organo Interno de Control de la Secretaría de Salud, en uso de sus atribuciones podrán revisar, evaluar y dar seguimiento sobre la correcta aplicación de los recursos y el cumplimiento de metas del programa.

6. Mecánica de operación

6.1 Difusión

Para la operación del programa la Secretaría de Salud, de acuerdo al tipo de proyecto o acción, emitirá las convocatorias respectivas en las que se establecerán los términos y contenidos mínimos a ser considerados para que los interesados se inscriban en el proceso de selección, presenten su proyecto, programa de trabajo y solicitud de apoyo.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación estas reglas de operación estarán disponibles en el sitio de Internet de la SSA (http://www.ssa.gob.mx) lo cual deberá hacerse de conocimiento público en la convocatoria y documentación del programa; además en los formatos de solicitud de participación en el programa, deberán mencionarse los criterios de selección, los mecanismos para garantizar la transparencia del proceso de asignación de recursos, incluyendo además la leyenda "Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente".

Asimismo, el catálogo de proyectos, acciones y beneficiarios seleccionados serán publicados en la página electrónica de la Secretaría de Salud.

6.2 Promoción

La Secretaría de Salud promoverá con oportunidad las acciones del programa, a efecto de que participen de manera abierta y transparente los posibles beneficiarios con el propósito de lograr los objetivos de la Cruzada Nacional, privilegiando los medios de comunicación interna.

6.3 Ejecución

La implementación del programa procurará la coordinación entre la Federación y las entidades federativas, para ello:

a) Se notificará a los Servicios de Salud Estatales y Comités Estatales de Calidad, en su caso, los proyectos y beneficiarios seleccionados en su entidad federativa que resulten acreedores de apoyos técnicos y financieros, a fin de que coadyuven en acciones de seguimiento previamente concertadas.

b) Se proveerán los apoyos financieros a través de los Servicios Estatales de Salud, por medio de ministraciones totales o parciales, según la naturaleza del proyecto o acción, previa valoración que de este hecho realice la autoridad federal responsable del programa, a fin de garantizar la ejecución de los proyectos.

c) Las ministraciones y mecanismos de flujo financiero atenderán los criterios y lineamientos que en materia presupuestal y programática señale la Subsecretaría de Administración y Finanzas de la Secretaría de Salud, en apego a la normatividad aplicable para este efecto.

d) Los Servicios Estatales de Salud, a su vez, ministrarán los apoyos financieros a los beneficiarios previa concertación con la autoridad federal responsable del programa en los términos de la normatividad aplicable en la materia.

e) Se establecerán acuerdos de resultados con los beneficiarios de los recursos del programa a efecto de dar seguimiento a los proyectos financiados, mismos que contemplarán la revisión y cumplimiento de indicadores que se deriven de los propios proyectos a fin de garantizar su consecución e implementación para fines de la Cruzada Nacional.

f) En el caso de convenios, reuniones de capacitación regionales, estatales y nacionales, plataforma tecnológica para el monitoreo de indicadores, monitoreo social, asesorías y consultorías, operación administrativa y difusión del programa, se estará con lo dispuesto en la normatividad aplicable para el ejercicio de los recursos.

6.3.1. Contraloría social

Con el propósito de incorporar a la ciudadanía en el control, vigilancia y evaluación del programa, la Secretaría de Salud y las instituciones participantes promoverán la participación social fomentando y estableciendo acciones tendientes a informar a la ciudadanía y específicamente a los beneficiarios del programa, acerca de los apoyos otorgados, con el fin de que los propios beneficiarios se constituyan en instancias de contraloría social, para consolidar espacios de comunicación, gobiernos y/o sociedad, se establezcan programas de capacitación e implementen mecanismos directos de captación de quejas y denuncias. Dichas acciones se harán, en lo que corresponde, con la SECODAM a través de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social. Los interesados y la población en general podrán recurrir, además, a la Contraloría Interna de la propia Secretaría de Salud o directamente en la instancia del responsable del programa, a presentar sus quejas, sugerencias o denuncias respecto a la operación del mismo.

7. Informes programático-presupuestarios

7.1 Avances físicos-financieros

De conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2002, la Dirección General de Calidad y Educación en Salud presentará informes trimestrales sobre el Presupuesto Ejercido, a nivel de capítulo y concepto del gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en las presentes reglas.

La instancia ejecutora formulará los reportes señalados emitiéndolos a la Subsecretaría de Administración y Finanzas de la Secretaría de Salud quien los pondrá a disposición de las instancias de control facultadas para su revisión, enviando por medios magnéticos a la SECODAM, acumulados trimestrales durante la primera semana de los meses de abril, julio y octubre de 2002 y enero de 2003.

7.2. Cierre del ejercicio

De conformidad con el artículo 58 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2002 los recursos del programa que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio no se hayan devengado deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación.

Al cierre del ejercicio fiscal se presentará una evaluación de resultados del programa a efecto de que sea considerado en el análisis y aprobación del presupuesto respectivo para el ejercicio fiscal siguiente. Dicho informe contemplará la evaluación interna y externa que del programa se realice.

La instancia ejecutora del programa integrará el cierre del ejercicio anual del programa, debidamente validado, remitiéndolo por medios magnéticos a más tardar el día último del mes de enero del ejercicio fiscal 2003 a su nivel central y a la SECODAM a través del Organo Interno de Control de la Secretaría de Salud.

8. Evaluación

8.1 Interna

La Dirección General de Calidad y Educación en Salud promoverá acciones de evaluación de los recursos y el cumplimiento de los objetivos para los cuales fueron asignados, a efecto de dar seguimiento y ponderar los avances del programa en relación a los objetivos planteados.

La Subsecretaría de Innovación y Calidad de la Secretaría de Salud podrá coadyuvar, de conformidad con sus atribuciones, en el proceso de evaluación interna.

8.2. Externa

En los términos del artículo 63, fracción V, inciso b) del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2002, la Secretaría de Salud designará a la institución académica o de investigación que cuente con reconocimiento y experiencia en la materia, para la evaluación del programa.

9. Indicadores de resultados

Con la finalidad de evaluar cuantitativa y cualitativamente la operación del programa durante el periodo, se utilizarán los siguientes criterios e indicadores:

a) De impacto: Porcentaje de unidades prestadoras de servicios de salud que cumplen con los estándares del programa, del total de unidades que recibieron apoyos financieros.

b) De cobertura: Porcentaje de proyectos apoyados financieramente, del total de solicitudes de apoyo recibidas.

c) De eficacia: Porcentaje de cumplimiento de las metas convenidas en los proyectos apoyados financieramente, del total de apoyos otorgados.

10. Seguimiento, control y auditoría

10.1 Atribuciones

Considerando que los recursos que la Federación otorga a través de este programa no pierden su carácter federal, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables, que serán auditadas por la SECODAM a través de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, por el Organo Interno de Control de la Secretaría de Salud y, en su caso, por la Unidad de la Auditoría Gubernamental de la SECODAM y auditores independientes, en coordinación con los Organos Estatales de Control en cumplimiento a los Acuerdos de Control que al respecto suscriban el titular de la SECODAM con los Ejecutivos Estatales; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; la Auditoría Superior de la Federación, y demás instancias que en ámbito de sus respectivas atribuciones, resulten competentes para ello.

10.2. Objetivo

Con el propósito de transparentar ante la comunidad en general el manejo de los recursos públicos, se realizarán acciones de control basadas en la revisión del flujo financiero de los recursos autorizados, ministrados, liberados y ejercidos, su comprobación y la inspección física de los proyectos realizados.

10.3 Resultados y seguimiento

Como resultado de las acciones de control que se lleven a cabo, la instancia que la realiza mantendrá un control interno que permita emitir informes de las revisiones efectuadas y de las metas logradas en el programa, así como dar el seguimiento adecuado de las anomalías detectadas hasta su total solventación. La inobservancia de esta disposición limitará la administración de recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal.

11. Quejas y denuncias

11. 1 Mecanismos, instancias y canales

Las quejas y denuncias de la ciudadanía en general se podrán recibir de manera personal o escrita en la instancia ejecutora del programa ubicada en Homero 213, piso 12, colonia Chapultepec Morales, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11570, México, D.F.; en la página Web de la Secretaría www.ssa.gob.mx; a través de la Contraloría Interna ubicada en carretera Picacho Ajusco 154, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, código postal 14210, México, D.F., o a la SECODAM por medio de SACTEL al 01 800 00 148 00 en el interior de la República o al 54 80 20 00 en la Ciudad de México.

TRANSITORIO

UNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de marzo de dos mil dos.- El Secretario de Salud, Julio José Frenk Mora.- Rúbrica.

Fecha de Publicación: 20 de marzo de 2002