DECRETO que reforma y adiciona al diverso por el que se establecen los criterios para el otorgamiento de la condecoración y premios en materia de salud pública, publicado el 12 de marzo de 1997, reformado y adicionado por el diverso publicado el 19 de marzo de 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 15 y 17 de la Ley General de Salud, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto publicado el 12 de marzo de 1997 en el Diario Oficial de la Federación, reformado y adicionado por diverso publicado el 19 de marzo de 2004 en el citado órgano de difusión, establece los criterios para el otorgamiento de condecoración y premios en materia de salud pública;

Que el otorgamiento de reconocimientos en materia de salud pública ha estimulado a los servidores públicos y a miembros destacados de la comunidad científica nacional, a realizar acciones en favor de la salud del pueblo de México;

Que el desarrollo de instituciones y la investigación en salud es una actividad que repercute de manera significativa en la salud del pueblo de México;

Que el Doctor Guillermo Soberón Acevedo se ha distinguido por el impulso que le ha dado a la Bioquímica y a las Ciencias Biomédicas; como Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México creó Centros e Institutos de Investigación e impulsó la creación de Instituciones de Educación Superior. Como Secretario de Salud fue el artífice de la elevación a rango constitucional del derecho a la protección de la salud, impulsó el cambio estructural del Sistema Nacional de Salud, y el desarrollo y creación de Institutos Nacionales de Salud.

Que se ha considerado que el Dr. Guillermo Soberón es el personaje que reúne los méritos que lo distinguen por su virtud en grado eminente como servidor de nuestro país por su obra y por su trascendente contribución a la vida nacional y a la salud del pueblo de México, destacando su actividad en el desarrollo de instituciones.

Que el Consejo de Salubridad General ha propuesto al titular del Ejecutivo Federal se instituya el Premio "Doctor Guillermo Soberón Acevedo", como un reconocimiento y estímulo a quien haya contribuido de manera especial y distinguida en la salud de la población mexicana a través del desarrollo de instituciones, honrando así al ilustre Dr. Guillermo Soberón Acevedo, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO ÚNICO.-Se reforma el artículo 1 y se adiciona una fracción V al artículo 2, recorriéndose la numeración de las subsecuentes, del Decreto por el que se establecen los criterios para el otorgamiento de la condecoración y premios en materia de salud pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo de 1997, reformado y adicionado por diverso publicado el 19 de marzo de 2004, para quedar como sigue:

"Artículo 1. El otorgamiento de la condecoración "Eduardo Liceaga", de Ciencias Médicas y Administración Sanitario Asistencial, y de los premios "Doctor Miguel Otero", de Investigación Clínica; "Doctor Gerardo Varela", de Salud Pública; "Doctor Manuel Velasco Suárez", de Neurología y Neurocirugía; "Dr. Guillermo Soberón Acevedo", de Desarrollo de Instituciones; "Martín de la Cruz", de Investigación Química y Biológica; "Doctora Margarita Chorné y Salazar", de Odontología; "Enfermera Isabel Cendala y Gómez", al mérito en Enfermería, y "Auxiliar de Enfermería Lucía Salcido", quedará sujeto a las disposiciones de este Decreto.

Artículo 2. ...

I. a IV. ...

V. El premio "Dr. Guillermo Soberón Acevedo" se otorgará a quien se haya distinguido en forma sobresaliente en el desarrollo de instituciones;

Vl a lX. ...

..."

TRANSITORIO

ÚNICO.-El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en México, Distrito Federal, a los cuatro días del mes de enero de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Julio José Frenk Mora.- Rúbrica.

Fecha de Publicación: 6 de enero de 2006