DECRETO por el que se modifica y adiciona el Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 15, 16, 17 y 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, he tenido a bien expedir el siguiente

Decreto por el que se modifica y se adiciona el Reglamento Interior del Consejo de
Salubridad General

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma la fracción II del artículo 13 y se adicionan una fracción III al artículo 13 y el artículo 15 Bis al Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, para quedar como sigue:

“Artículo 13.- ...

I. ...

II. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Servicios de Salud, y

III. Comisión para Definir Tratamientos y Medicamentos Asociados a Enfermedades que Ocasionan Gastos Catastróficos.

Artículo 15 Bis.- Corresponderá a la Comisión para Definir Tratamientos y Medicamentos Asociados a Enfermedades que Ocasionan Gastos Catastróficos, estudiar, analizar y proponer, en el marco del Sistema Nacional de Protección Social en Salud, los tratamientos y medicamentos asociados que se considerarán gastos catastróficos por implicar un alto costo en virtud de su grado de complejidad o especialidad y el nivel o frecuencia con la que ocurren, con el objeto de someterlos a la aprobación y prioridad que determine el propio Consejo.”

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. La Comisión para Definir Tratamientos y Medicamentos Asociados a Enfermedades que Ocasionan Gastos Catastróficos deberá emitir su Reglamento Interior en un plazo que no excederá de noventa días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de la Defensa Nacional, Gerardo Clemente Ricardo Vega García.- Rúbrica.- La Secretaria de Desarrollo Social, Josefina Eugenia Vázquez Mota.- Rúbrica.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Alberto Cárdenas Jiménez.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Reyes S. Tamez Guerra.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Julio José Frenk Mora.- Rúbrica.

Fecha de Publicación: 2 de agosto de 2004